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Viernes 19/04/2024  

Málaga

Rebajan a cuatro años de prisión la pena a un hombre por apuñalar a dos porteros de un bar

Los hechos sucedieron en junio de 2017 en un local de ocio nocturno de Torremolinos

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  • Ciudad de la Justicia de Málaga. -
  • El joven se resistió a abandonar el establecimiento utilizando un casco protector que portaba, por lo que fue reducido por uno de los porteros
  • Su hermano, provisto de un arma blanca, asestó por la espalda a la víctima dos puñaladas que le alcanzaron la zona lumbar y abdominal
  • El procesado indemnizó a uno de los perjudicados con 26.000 euros y al otro con 32.000 euros por los días de curación de sus lesiones y secuelas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido a cuatro años y medio de prisión la pena impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por intentar acabar con la vida de dos porteros de un establecimiento de ocio nocturno de Torremolinos.

Los hechos sucedieron en junio de 2017 en un local. Según recoge la sentencia del TSJA, la Audiencia de Málaga declaró probado que los perjudicados eran empleados del establecimiento como personal de vigilancia, seguridad y control de acceso al local y expulsaron a un joven y al acusado, hermano de este.

El joven se resistió a abandonar el establecimiento utilizando un casco protector que portaba, por lo que fue reducido por uno de los porteros, que lo inmovilizó. Al verlo, el hermano, provisto de un arma blanca, asestó por la espalda a la víctima dos puñaladas que le alcanzaron la zona lumbar y abdominal.

Asimismo, apuñaló también al otro con idéntico ánimo homicida, alcanzándole en la zona lumbar y abdominal. A consecuencia de tales hechos, ambos tuvieron lesiones de pronóstico grave, que precisaron una asistencia médica de urgencia o inmediata y, de no haberse producido, "la situación clínica de ambos pacientes eran de riesgo vital, hubieran ocasionado su muerte".

El procesado indemnizó a uno de los perjudicados con 26.000 euros y al otro con 32.000 euros por los días de curación de sus lesiones y las secuelas sufridas, habiendo renunciado ambos perjudicados a cualquier otra indemnización por ese concepto.

Tras la agresión el acusado, acompañado de su hermano, se dio a la fuga, corriendo por la playa, y fueron perseguidos por varias personas, entre ellas el encargado del local, que comenzó a grabar con su teléfono móvil al procesado, momento en que este para que dejara de perseguirlo, se detuvo, se giró e hizo ademán de pincharle con un objeto que portaba en su mano, por lo que paró la persecución.

Por estos hechos, se condenó al acusado por dos delitos de homicidio en grado de tentativa, con la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño al haber indemnizado a los perjudicados, imponiéndole seis años de prisión; y también por otro delito de amenazas, por el que se le imponen seis meses de cárcel.

El hermano del acusado resultó herido antes de ser detenidos por personas que estaban en el lugar, pero los dos procesados en este sentido fueron absueltos porque aunque estaban en el lugar y formaban parte del grupo de personas que rodeaban al acusado y a su hermano en el momento de su detención, no ha resultado probado que participaran en la misma.

La Sala de apelación estima por un lado un argumento de la defensa y considera que el acusado ha resarcido económicamente por completo a los lesionados, por lo que se aplica la circunstancia atenuante como muy cualificada; y, por otro, también entiende válido un argumento del fiscal, señalando que la doble agresión se corresponden con delitos de asesinato con alevosía en grado de tentativa.

Así, le condena como autor de dos delitos de asesinato con alevosía en grado de tentativa, en lugar de dos delitos de homicidio intentado de la sentencia apelada; y aplica la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño pero de forma muy cualificada, por lo que se le impone por cada delito la pena de dos años de prisión.

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