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Martes 23/04/2024  

Barbate

Tres años de prisión al vecino que golpeó a un agente en Barbate con la pulsera telemática

Los hechos sucedieron el pasado mes de diciembre cuando el vecino de Barbate J.J.L.D., de 28 años, se presentó en el cuartel de la Guardia Civil

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  • Cuartel de la Guardia Civil de Barbate.

Un juzgado de Cádiz ha condenado a tres años de prisión a un vecino de Barbate (Cádiz) que golpeó en la cabeza con una pulsera telemática a un guardia civil del puesto del municipio, ha informado hoy la Asociación Profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL).

Esta asociación ha expresado en un comunicado su satisfacción porque la sentencia del juzgado número 5 de lo Penal de Cádiz condena al vecino como autor de un atentado a agente de la autoridad a dos años de prisión, además de por el delito de resistencia a la autoridad a otros doce meses de cárcel.

Los hechos sucedieron el pasado mes de diciembre cuando el vecino de Barbate J.J.L.D., de 28 años, se presentó en el cuartel de la Guardia Civil de la localidad por una citación relacionada con sus condenas anteriores, una de ellas también por atentado, y por las que llevaba una pulsera telemática.

El hombre fue al cuartel acompañado de un hermano de menor edad, quien perdió los nervios y empezó a gritar y a amenazar con violencia a los agentes.

Cuando uno de los agentes trató de reducir al hermano, J. J. L. D. esgrimió la pulsera telemática, con la que "sorpresivamente y por detrás, golpeó al sargento en el cráneo, ocasionándole una herida inciso contusa de 4 cm de longitud que requirió para su curación de seis grapas de sutura y que curó en diez días” narra la sentencia como hechos probados.

La decisión judicial resalta en su relato de los hechos probados para mantener la calificación de atentado que el autor de los mismos actuó con la intención de menoscabar tanto la integridad física de la víctima, un sargento de la Guardia Civil del acuartelamiento de la localidad de Barbate, “como el principio de autoridad encarnado por el sargento”.

JUCIL sostiene que esta sentencia ratifica "la existencia de un principio de autoridad que se vería menoscabado de introducirse algunas de las reformas que en su día se anunciaron en la Ley de Seguridad Ciudadana sobre el control de actitudes violentas en manifestaciones y protestas en calles, edificios e infraestructuras públicas".

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