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Sábado 04/05/2024  

Andalucía

Gobierno andaluz aprobará este martes la Ley de Policías Locales de Andalucía

Una de las principales novedades de esta ley es que recoge la obligación de que los municipios con 5.000 habitantes o más cuenten con un cuerpo de policía

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  • Policía Local. -

El Consejo de Gobierno de la Junta aprobará este martes el proyecto de ley de policías locales de Andalucía, que decayó en la anterior legislatura al adelantarse las elecciones autonómicas a junio, ha avanzado este lunes el consejero de Presidencia, Antonio Sanz.

En una visita a la base occidental del Grupo de Emergencias Andalucía (GREA) en la localidad sevillana de Los Palacios, el consejero de Presidencia ha manifestado, en declaraciones a los medios, que es la ley "más avanzada y moderna de España" en la regulación de la policía local y afectará a 12.000 agentes de la comunidad.

Una de las principales novedades de esta ley es que recoge la obligación de que los municipios con 5.000 habitantes o más cuenten con un cuerpo de policía y con un mínimo de cinco funcionarios para crearlo, ha destacado el consejero.

También se apuesta por la asociación de municipios para favorecer que entre los pequeños creen de forma conjunta un cuerpo de policía local, así como por la reducción y simplificación de escalas profesionales para una mayor homogeneización laboral.

Sanz ha resaltado que esta ley viene a "cubrir vacíos y déficit de regulación tras más de veinte años de espera y de dimes y diretes de los anteriores gobiernos" y ha destacado que es fruto del diálogo con el sector y con los ayuntamientos.

Tras señalar que es una "prioridad" para el ejecutivo andaluz contar con cuerpos de policías locales "bien dotados, formatos, preparados y con una normativa que dé seguridad a su trabajo", ha resaltado que en la anterior legislatura se ha incrementado la plantilla de policías locales en mil agentes y se les sumarán 180 más a finales cuando acaben su formación en el IESPA.

"Esta ley nace del diálogo" , ha recalcado Antonio Sanz, que ha expresado la voluntad de dialogar con los grupos en la tramitación parlamentaria de este proyecto de ley de policías locales de Andalucía.

El anterior proyecto de ley recogía regímenes transitorios para aquellos municipios que cuenten con cuerpo de la policía local al momento de la entrada en vigor de la futura ley, pero no cumplan con el requisito mínimo de cinco efectivos.

También contempla la asociación de municipios cuando dos o más limítrofes no dispongan de recursos suficientes por separado.

Además, el texto normativo promueve que, por parte de los ayuntamientos y de manera preferente, se establezcan patrullas compuestas por más de un agente o en colaboración con otras fuerzas y cuerpos de seguridad.

También aborda el texto la reducción de categorías, ya que se elimina la de superintendente en la escala técnica y la de intendente mayor pasa a denominarse intendente principal con el fin de alcanzar la homogeneidad en las escalas, teniendo cada una de ellas dos categorías.

Igualmente, se introducen otros criterios mínimos de proporcionalidad entre las diferentes categorías, novedad que aporta mayor seguridad jurídica, permite una organización operativa más eficiente y favorece la promoción en la carrera profesional.

En cuanto a la prevención de riesgos laborales, se establece el derecho de los policías locales a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Para ello, se aplicará la normativa general de prevención de riesgos laborales en todas aquellas funciones que no presenten características exclusivas de actividades de policía, seguridad y servicios operativos.

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