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Sábado 11/05/2024  

Sevilla

Condenado por abusar ocho años de su sobrina diciéndole que "era un juego" entre ellos

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel a un varón, por un delito continuado de abusos sexuales cometido sobre su sobrina

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  • Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla. -
  • El condenado abusó de su sobrina cuando ésta tenía entre cuatro y doce años
  • La Fiscalía reclamaba cinco años y medio de prisión por delito continuado de abuso sexual

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel a un varón, por un delito continuado de abusos sexuales cometido sobre su sobrina cuando la misma contaba con entre cuatro y 12 años de edad, diciéndole a la niña "que era un juego entre ellos y que no podía decírselo a nadie".

En una sentencia emitida el pasado 29 de junio, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha declarado probado, por reconocimiento del propio inculpado, identificado como Alberto O.M., que entre 2008 y 2016, cuando la sobrina de este y víctima de los hechos contaba con entre cuatro y 12 años de edad, "era frecuente que la menor acudiese entre dos y tres veces por semana al domicilio del acusado", situado en un pueblo de la provincia de Sevilla, "para visitar a su abuela".

En tales ocasiones, según el relato de hechos probados, Alberto O.M. "aprovechaba la presencia de la menor para dirigirla a su dormitorio, situado en la planta superior de la vivienda; y con la excusa de ponerse a jugar al ordenador, la sentaba sobre sus piernas y era entonces cuando, para satisfacer sus apetencias sexuales, comenzaba a tocar a la menor por todo el cuerpo, incluyendo sus genitales y ano, tanto por encima como por debajo de la ropa"; toda vez que "también hubo una vez en las que estos tocamientos se produjeron en el salón del domicilio, justo antes de que la menor se fuese a dormir, así como en el verano del 2016, en que se llevaron a cabo en la piscina de la vivienda familiar".

LE DECÍA QUE "ERA UN JUEGO"

También se declara probado que "no consta que el acusado emplease fuerza o violencia para llevar a cabo estos hechos, si bien le decía a la menor que era un juego entre ellos y que no podía decírselo a nadie"; que la víctima sufre como consecuencia de los hechos "sentimientos negativos hacia si misma y afloramiento de los sentimientos de repulsa hacia su cuerpo, autocensura, sentimientos de culpa y rechazo a los sujetos varones" y que el acusado ha consignado la cantidad de 10.000 euros en favor de su sobrina.

Así, y fruto del reconocimiento de los hechos por parte del acusado y de la conformidad alcanzada entre las partes, Alberto O.M. es condenado a dos años de cárcel por un delito continuado de abusos sexuales, con la atenuante de reparación del daño, cinco años de libertad vigilada tras la pena de prisión, tres años de prohibición de acercarse a su sobrina o comunicarse con ella y a la citada indemnización de 10.000 euros.

Antes del reconocimiento de los hechos por parte del inculpado y de la citada conformidad, la Fiscalía reclamaba para él cinco años y medio de prisión por dicho delito continuado de abuso sexual.

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