Esta modificación conllevará que todas las intervenciones que se realicen en los Plenos estén reguladas por tiempo y turnos, evitando la prolongación innecesaria de debates o discusiones que se produzcan. De esta forma, se pretende sintetizar las exposiciones y réplicas que se produzcan para que las ideas argumentadas puedan ser mejor valoradas tanto por los propios concejales del Ayuntamiento como por los ciudadanos que se aprestan a seguir el devenir de las sesiones.
Entre las principales novedades introducidas en la propuesta de modificación destaca el hecho de que la duración de las primeras intervenciones en cada punto con pronunciamiento acordado no podrá ser superior a 10 minutos. El Alcalde será el encargado de velar para que todas las intervenciones no superen el tiempo fijado.
Además, la persona que se considere aludida por una intervención podrá solicitar del Alcalde que le conceda un turno por alusiones, que será breve y conciso, no pudiendo superar los dos minutos.
Habrá segundo turno de intervenciones siempre que lo solicite algún grupo municipal, no pudiendo excederse los cinco minutos, mientras que las discusiones abiertas se cerrarán con una intervención del ponente en la que brevemente ratificará o modificará su propuesta y cuya intervención no podrá superar los dos minutos.