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El juez de lo Social rechaza el conflicto colectivo de la ATMJ por incompetencia de jurisdicción

Según el Juzgado de lo Social, la demanda debía haberse presentado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

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El Juzgado de lo Social número 1 ha dictado sentencia, con fecha de 20 de junio de 2012, en el conflicto colectivo planteado por la Asociación Sindical de Técnicos Municipales de Jerez contra el Ayuntamiento por la aplicación del cuadro de reducción retributiva al personal funcionario y laboral acordado en la Junta de Gobierno Local, celebrada el pasado 23 de septiembre de 2011. En la sentencia, el juez rechaza el conflicto colectivo de la ATMJ por incompetencia de jurisdicción.

En el juicio, el Ayuntamiento alegó hasta cinco excepciones procesales, de las cuales, el juez ha estimado la incompetencia de jurisdicción al entender que la demanda debía haberse planteado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Así en el fallo, el juez deja claro que “estimando la excepción de incompetencia de jurisdicción  formulada por la representación del Ayuntamiento y desestimando la demanda formulada por la ATMJ frente al Ayuntamiento, en acción sobre conflicto colectivo debo absolver y absuelvo al Ayuntamiento sin entrar a conocer del fondo del asunto, remitiendo a la parte actora para la impugnación del citado acuerdo de 23-09-2011 a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa”.

De esta manera, con esta resolución del Juzgado de lo Social no se entra a conocer del fondo del asunto, tal como se recoge en el fallo, con lo cual la Asociación Sindical de Técnicos Municipales tendrá que, o bien recurrirla, si así lo considera, o presentar una nueva demanda ante la jurisdicción correcta.


Cabe recordar que en la Junta de Gobierno Local, celebrada en septiembre de 2011, se aprobó de la aplicación del cuadro de reducción retributiva al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento.

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