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Huelva

La Junta prohíbe el marisqueo de varias especies en el río Guadiana, la barra del Terrón y Mazagón

La Junta de Andalucía recuerda que el marisqueo sin licencia está prohibido y las sanciones por este incumplimiento pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen bivalvos sin autorización

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La Delegación de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta en Huelva ha prohibido el marisqueo de varias especies en la zona del río Guadiana, la barra del Terrón y la localidad de Mazagón tras comprobar el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros, ubicado en Cartaya que los moluscos no son aptos para el consumo.
   En concreto, en el río Guadiana se prohíbe la captura de almeja fina, almeja japonesa, berberecho, ostión, pirulo, longueirón y navaja/muergo. En la barra del Terrón de la almeja chocha, la cañailla, la chirla, la coquina, el longueirón y la navaja/muergo. Por último, en la zona de Mazagón no se puede capturar almeja chocha, busano, cañailla, chirla, coquina, longueirón y navaja/muergo, según ha informado la Junta en una nota.
   La Delegación Provincial de Agricultura y Pesca analiza de forma continuada la calidad tanto de las aguas como de los moluscos para garantizar la salubridad de los mismos. En función de los parámetros resultantes, la Delegación determina la apertura o cierre de la zona de producción.
   Estas medidas se enmarcan en el Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz, que realiza la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, dirigido a la protección de la salud pública y a garantizar la calidad sanitaria de los productos recolectados, permitiendo la adopción de medidas preventivas cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente. Para ello, dispone un complejo sistema de control sanitario, que incluye muestreos tanto del agua como de los moluscos.
   La Junta de Andalucía recuerda que el marisqueo sin licencia está prohibido y las sanciones por este incumplimiento pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen bivalvos sin autorización.

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