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Sevilla

Condenado por agresión sexual a la dependienta de un bazar chino

Cinco años de cárcel

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a cinco años de cárcel a un hombre que agredió sexualmente a la dependienta de un bazar chino después de que la noche anterior le propusiese mantener relaciones sexuales sin éxito.

La sentencia de la Sección Séptima, a la que ha tenido acceso Efe, explica que los hechos ocurrieron sobre las 11.30 horas del 13 de julio de 2012 en un bazar chino de Sevilla, cuando el acusado Julio J.M., de 42 años, sorprendió a la empleada al fondo del local y empezó a tocarle los pechos y las nalgas.

La perjudicada logró zafarse, pero el acusado la persiguió, le dio un puñetazo y la arrastró "de forma agresiva" hasta el almacén de la tienda, le tapó la boca y continuó sus tocamientos al tiempo que le decía "aquí lo vamos a hacer".


La víctima logró zafarse de nuevo y entonces el acusado, en su huída, tiró mercancías de la tienda valoradas en 363 euros.

Añade la sentencia que cuando fue detenido por una dotación de la Policía Nacional desplazada al lugar, que le intervino 2.270 euros de procedencia desconocida, Julio J.M. dijo a uno de los agentes "como me quites el dinero te mato, hijo de puta, que ese dinero es mío".

La sentencia aplica al procesado la agravante de reincidencia porque en 2006 fue condenado a dos años y un mes de prisión por un delito de abusos sexuales, además de tener otros antecedentes por robo con violencia.

Los jueces optan por la pena más elevada para ese tipo de delito por los antecedentes del acusado y por "la violencia ejercida sobre la víctima, que con su fuerte oposición evitó que el ataque contra su libertad sexual tuviera mayor gravedad".

La sentencia recoge que la agresión sexual quedó grabada por las cámaras del establecimiento y fue ratificada por el informe del forense, por lo que estas dos pruebas corroboran "punto por punto" las manifestaciones de la víctima, que además no conocía de antemano al procesado y "por tanto los móviles espurios brillan por su ausencia".

Como consecuencia de la agresión, la dependienta sufrió lesiones de las que tardó en curar siete días, por lo que la sentencia impone al acusado una multa de 180 euros por una falta de lesiones y la obligación de indemnizar a la víctima en 280 euros.

Julio J.M., que cumple prisión preventiva por estos hechos, llevaba además escondido en el calcetín seis envoltorios con 448 miligramos de cocaína y 305 euros arrugados, pero la sentencia le absuelve de otro delito de tráfico de drogas, por el que el fiscal pidió cuatro años de cárcel, porque el acusado era toxicómano y la "pequeña cantidad" que portaba podía ser para su propio consumo.

Además, la sentencia me impone una multa de 120 euros por una falta de daños y otra de 240 euros por falta de respeto a agente de la autoridad pero no acuerda ninguna indemnización a la víctima por el daño moral causado "al no haberlo pedido ninguna parte".

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