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Lunes 17/06/2024  

Alcalá la Real

El Ayuntamiento abre el plazo de solicitud de subvenciones a asociaciones y clubes alcalaínos

Las solicitudes podrán presentarse hasta el próximo 23 de enero

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            El Ayuntamiento de Alcalá la Real ha abierto oficialmente, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), la convocatoria de subvenciones a asociaciones para el ejercicio 2013. El proceso de concesión de subvenciones del ejercicio 2013, abierto hasta el 23 de enero, se dirige a clubes y asociaciones deportivas, asociaciones culturales, cofradías y otros colectivos alcalaínos sin ánimo de lucro, a las asociaciones de padres y madres de alumnos, a las asociaciones juveniles sin ánimo de lucro y a las personas físicas y asociaciones sin ánimo de lucro, para el fomento de actividades sociales.

            La alcaldesa, Elena Víboras, ha indicado que “el Ayuntamiento, a pesar de la crisis, respalda de este modo el trabajo y el dinamismo de los distintos colectivos alcalaínos, que realizan una magnífica labor en muy distintos ámbitos municipales”.

 


A su vez, Víboras Jiménez se ha referido a la participación “como un valor muy importante para el Gobierno Municipal y las distintas asociaciones fomentan esta participación y contribuyen a dar mayor realce a distintas actividades” y como ejemplo ha señalado “la reciente Cabalgata de Reyes, a la que las asociaciones han ayudado para que sea un evento muy digno”.

 

            Las subvenciones a clubes y asociaciones deportivas cuentan con una cuantía estimada de 59.000 euros; las culturales de 15.300 euros; las de participación ciudadana de 8.000 euros; las subvenciones para asociaciones y fiestas de calle (incluidas cofradías y hermandades) tienen una partida de 51.000 euros; las dedicadas a ampras de 6.000 euros; de 2.500 euros para las asociaciones juveniles; y de 5.000 euros para asociaciones de bienestar social.   

           

            Según establece la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento, las subvenciones deberán presentarse en el plazo de 15 días naturales a partir de su publicación en el BOP (a contar desde el 8 de enero de 2013). Se presentará una única solicitud por colectivo, suscrita por los presidentes de las asociaciones y colectivos, con los estatutos actualizados y el CIF o NIF de la persona en representación del colectivo.

 

            Las asociaciones que hayan recibido subvención en la convocatoria del año anterior, deberán haber presentado la memoria detallada de actividades subvencionadas.   El plazo de resolución del procedimiento será de tres meses.

 

 

 

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