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El TSJA rebaja de 23 a 20 años de cárcel la condena para el joven que asesinó a su novia en Otura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 23 a 20 años de prisión la condena al joven juzgado por un jurado popular por asesinar de una paliza a la que era su novia, Mónica Carrión, en Otura (Granada), el 19 de julio de 2011, cuando ella tenía 18 años

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 23 a 20 años de prisión la condena al joven juzgado por un jurado popular por asesinar de una paliza a la que era su novia, Mónica Carrión, en Otura (Granada), el 19 de julio de 2011, cuando ella tenía 18 años.

   Los magistrados estiman parcialmente el recurso interpuesto por la defensa del condenado, Javier B.R., de 23 años, considerando que debe concurrir en su caso la atenuante de reparación del daño, puesto que llevó a su víctima al Hospital Clínico tras causarle casi 200 lesiones.

   No considera el Alto Tribunal que lo hiciera "para proporcionarse una coartada", que creen una "mera conjetura", sino que su decisión debe interpretarse como un "intento de reparar el daño causado una vez que cesó la explosión de la violencia", según consta en la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

   Así, el TSJA confirma su condena por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, con la agravante de parentesco, pero con la atenuante de reparación del daño, a 20 años de cárcel, sin modificar el relato de la sentencia que en su día dictó la Audiencia Provincial de Granada, tras el veredicto de culpabilidad del jurado, y que fijaba además una indemnización de 198.000 euros para los padres de la víctima, a los que Javier B.R. no podrá acercarse durante un periodo de 30 años, y el pago de otros 18.000 euros para cada uno de los tres hermanos de Mónica Carrión.

   Durante el juicio, el inculpado reconoció que había discutido con la víctima la noche del crimen, aunque no se confesó autor de las lesiones que presentaba Mónica en su cuerpo --más de 200 lesiones-- y alegó que se autolesionó.

   En el fallo dictado inicialmente, la Audiencia consideró probado que el procesado y Mónica, que venían manteniendo una relación de noviazgo desde 2010, y habían llegado a convivir durante algunos meses, se dirigieron el 19 de julio de 2011, entre las 20,00 y las 21,30 horas, a bordo de un vehículo a través de un camino de tierra que parte desde la A-385 (Otura-La Malahá) hacia un lugar lejano al núcleo urbano. Allí, dentro del coche, iniciaron una discusión en el curso de la cual el joven comenzó a agredir a Mónica, que intentó defenderse arañándolo y mordiéndole en brazos y muñecas.

   La chica logró salir del vehículo, si bien fue perseguida y alcanzada por el acusado, quien, con "el propósito de acabar su vida", "aprovechando sus conocimientos en la práctica de técnicas de combate como el full contact y el kick boxing", y con la intención de aumentar deliberadamente su sufrimiento y dolor, continuó su agresión física sobre ella, dirigiendo sus golpes a su cabeza y la cara. Completamente aturdida y "sin capacidad de reacción" por los golpes recibidos, el procesado le asestó a Mónica un fuerte golpe en el cuello que le ocasionó una hemorragia, con parada cardiaca y fallecimiento de la joven.

   A continuación, el agresor arrastró a la que había sido su novia y la subió al asiento trasero de su coche, en el que la llevó al Hospital Clínico de Granada, donde ingresó a las 22,44 horas ya fallecida y con signos de frialdad post-mortem, aunque los facultativos intentaron reanimarla sin resultado positivo.

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