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Almería

Un Juez no aprecia daños al medio ambiente en el derribo de \'El Toblerone\' y archiva las actuaciones

El documento, recibido en el juzgado el pasado 30 de julio, recoge el análisis que se efectuó a las partículas y residuos emitidos durante los trabajos de demolición del silo

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El Juzgado de Instrucción número 5 de Almería ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa que mantenía abierta en relación al derribo del silo de mineral popularmente conocido como 'El Toblerone' al no haber apreciado "indicios racionales suficientes" para determinar que durante su demolición se produjo daños al medioambiente.

   Así lo indica la juez en un auto, consultado por Europa Press, emitido recientemente y en el que se remite con especial atención a un informe de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en el que se pone de manifiesto que las partículas o residuos emitidos durante el desmonte del silo "no superaban siquiera los límites previstos administrativamente por la legislación autonómica".

   El documento, recibido en el juzgado el pasado 30 de julio, recoge el análisis que se efectuó a las partículas y residuos emitidos durante los trabajos de demolición del silo. De este análisis se desprende que los valores obtenidos en la emisión de partículas en suspensión y sedimentables "son muy inferiores a los topes máximos" a los que observa la legislación.

   En este sentido, se atiende también a los documentos aportados por el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Almería con los que se acredita que la entidad que llevó a cabo las labores y obras en la zona "contaba con las licencias y permisos preceptivamente exigidos".

   En concreto, el Consistorio aportó una copia de la licencia de obras concedida a 'Sucrest Desarrollos Inmobiliarios' así como el PGOU en vigor referente a la unidad de ejecución en la que se incluía el inmueble, hoy por hoy desaparecido pese a los esfuerzos realizados por la Plataforma Salvemos El Toblerone por mantener este espacio y tratar de que fuera declarado BIC.

   El archivo de la causa se produce conforme a lo interesado también por el Ministerio Fiscal, que tampoco aprecia indicios racionales suficientes para la perpetración de los ilícitos penales que perseguía la causa sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o de otra índole que puedan haber ocurrido.

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