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Viernes 05/07/2024  

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El Ayuntamiento convoca el esperado concurso de méritos

El objetivo municipal es cubrir la totalidad de los puestos de la RPT con nuevas convocatorias, mientras la ATMJ advierte que vigilará que se convoquen los concursos

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La Junta de Gobierno local aprobaba este viernes la esperada convocatoria -a un día de que se cumplieran dos años de los nombramientos por comisiones de servicio- de treinta puestos de la estructura municipal para su cobertura a través del sistema de “concurso de méritos” así como de otros cuatro puestos más para su cobertura a través del sistema de “libre designación” con convocatoria pública para los empleados municipales. De igual modo, el delegado de Personal, Javier Durá, ha confirmado que en los próximos meses se irán sumando nuevas convocatorias a través de “concurso de méritos” y del sistema de “libre designación” de manera que, en un plazo adecuado, se podrá dar cobertura a la totalidad de los puestos de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento.
Durá ha subrayado que “nunca antes de este gobierno municipal los puestos de la estructura municipal se habían provisionado a través de los sistemas que el ordenamiento jurídico prevé, por lo tanto, ajustados a derecho. Para ello era fundamental contar con una Relación de Puestos de Trabajo, un instrumento de ordenación de todos los puestos que ha aprobado este Gobierno y que no tenía precedentes. Una RPT que se aprobó con la llegada de este Gobierno a la corporación cuando era una obligación que, sin embargo, se remonta a la Ley 30/1984, de 2 agosto, de Reforma de la Función Pública”.
En todo este tiempo, según ha explicado Javier Durá, “los gobiernos precedentes habían desatendido el cumplimiento de esta norma, existiendo en su lugar un Catálogo de Puestos aprobado en 1995, un documento incompleto e insuficiente, totalmente desfasado e inadecuado. Desfasado porque las retribuciones no se ajustaban al puesto sino a las personas, lo que suponía unas bandas salariales inasumibles por una Administración Pública; nombramientos a puestos que se duplicaban y nombramientos que además obedecían a simples Resoluciones de Alcaldía sin el más mínimo encaje en la normativa de la función pública”.
En este sentido, defiende que la aprobación de la RPT en septiembre de 2012 “fue un paso adelante hacia la regularización del Ayuntamiento en materia de Personal”, ya que “implicó dejar sin efecto el Catálogo de Puestos de Trabajo, así como todas aquellas normas, acuerdos y resoluciones municipales en aquellos extremos que se opusieran o contravinieran la propia RPT y de manera particular todos los nombramientos referidos al desempeño de cargos, existentes al día de la fecha de su entrada en vigor. Es decir, todos los puestos de carácter singularizados que se crearon estaban vacantes y debían ser objeto de cobertura”.
El siguiente paso del Gobierno local fue, tras la  aprobación de la RPT, el acuerdo aprobado en Junta de Gobierno Local para la convocatoria de provisión de 25 puestos, principalmente direcciones de servicio, mediante el sistema de “libre sesignación”.
El delegado de Personal ha resumido que “desde la aprobación de la RPT, la política de gestión del Área de Gobierno de Personal tiene como objetivo fundamental dar cobertura a los puestos de trabajos utilizando los procedimientos legales establecidos, constituyendo ello toda una novedad para este Ayuntamiento. Igualmente, se pone de manifiesto que un número importante de los puestos convocados siguen sin estar cubiertos al no existir candidatos, como muestra evidente de las graves carencias que debe afrontar esa política de Personal al no existir en número suficiente funcionarios de carrera que reúnan los requisitos definidos, que básicamente consisten en la adscripción a los Grupos Profesionales A1 y A2”.
El elevado número de puestos que deben ser provisionados por el sistema de “concurso de méritos” o “libre designación” con convocatoria pública y la duración y complejidad de estos procedimientos “obliga a utilizar formas provisionales de adscripción como la comisión de servicios con el objetivo de no paralizar la gestión municipal dada la importancia en este sentido de las tareas asignadas a determinados puestos de mando de la estructura municipal”, argumenta Durá.

comisiones de servicio
A este respecto recuerda que “la provisión de puestos de trabajo a través de la figura de comisión de servicio es también perfectamente legal”, ya que está recogida para el ámbito funcionarial en el artículo 64 del Real Decreto 364/1995. Igualmente, la figura de comisión de servicios “basa su legalidad porque está contemplada para todos los empleados del Ayuntamiento en el Acuerdo-Convenio sobre las condiciones de trabajo comunes del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Jerez para el período 2013-2015 (artículo 16) y en similares términos a la normativa de carácter estatal antes citada”.
Por lo que Durá concluye que “de todo ello se deduce que la gestión de personal que está llevando a cabo este Gobierno parte del más absoluto respeto al ordenamiento jurídico, algo de lo que no pueden presumir anteriores gobiernos, que seguían una política de Personal basada en arbitrariedades retributivas y que era un absoluto caos”.

La ATMJ vigilará que se convoquen los concursos

La Asociación de Técnicos Municipales de Jerez (ATMJ) recordaba esta semana que “todos los puestos” de jefatura de departamento, jefatura de unidad y algunos de dirección de servicio han sido “dados a dedo” hasta ahora valiéndose de las comisiones de servicio, “con el agravante de que muchas de ellas fueron precedidas de otros nombramientos temporales”, a lo que se sumaría el hecho de que “presuntamente” no se acordaron “prórrogas de más de un año” y de que “muchas de ellas estarían a punto de saltarse el límite legal de dos años”.  Este es el motivo por el cual la ATMJ viene demandando al Gobierno local “la necesidad de sacar las convocatorias de todos los puestos de la RPT, siempre cumpliendo con la normativa vigente, y no limitándose a sacar, para intentar cubrir el expediente de manera burda, unos pocos concursos de los puestos que quieran”, ya que “todos los puestos deben cubrirse mediante la preceptiva convocatoria”.  En el supuesto de que no se aprueben las convocatorias del resto de puestos, a la ATMJ “no le quedará otro remedio que informar a las autoridades competentes, por si fuera susceptible de infracción muy grave”.

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