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Sevilla

La Fiscalía pide dos años de cárcel para Torrijos y otros nueve acusados por Mercasevilla

De igual modo, la Fiscalía pide otros nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público para Fernando Mellet y para Luis Sánchez Manzano por un presunto delito de prevaricación

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La Fiscalía de Sevilla ha solicitado dos años de cárcel para diez de los procesados por la juez Mercedes Alaya por el "concurso fraudulento" para la venta de los suelos de Mercasevilla, entre ellas el exprimer teniente de alcalde y exportavoz de IU en el Ayuntamiento Antonio Rodrigo Torrijos, el exdirector general de Mercasevilla Fernando Mellet, el exconcejal socialista y expresidente de Mercasevilla Gonzalo Crespo, o el exasesor del grupo socialista en el Consistorio hispalense Domingo Enrique Castaño.

   En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público solicita dos años de prisión y ocho de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de fraudes y exacciones ilegales para Torrijos, Mellet, Castaño, Crespo, la exjefa de Vía Pública de Urbanismo María Victoria Bustamante y el exasesor de Mercasevilla Jorge Piñero.

   Además, y por este delito aunque en calidad de cooperadores necesarios, el fiscal pide dos años de cárcel y una pena accesoria de inhabilitación especial para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público durante el tiempo de la condena para el economista José Antonio Ripollés; el presidente de Sando, José Luis Sánchez Domínguez; el vicepresidente y consejero delegado de Sando, Luis Sánchez Manzano, y para el exvicepresidente del área inmobiliaria de Sando José Luis Miró.


   De igual modo, la Fiscalía pide otros nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público para Mellet y Luis Sánchez Manzano por un delito de prevaricación.

   En su escrito, el Ministerio Público reclama además que se declare la nulidad del concurso y del contrato de opción de compra firmado entre Mercasevilla y Sanma --filial de Sando-- de fecha 23 de febrero de 2006 "y actos derivados del mismo".

EXCULPA A SEIS DE LOS PROCESADOS POR LA JUEZ ALAYA

   La Fiscalía, finalmente, sólo ha acusado a 6 de los 16 procesados y ha exculpado a los exgerentes de Urbanismo Manuel Marchena y Miguel Ángel Millán; al exdirectivo de Mercasevilla Daniel Ponce; al arquitecto Alberto Balbotín; a la exjefa del servicio de Licencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo María Isabel Evans, y a la subjefa de este servicio Emilia Barrial.

   El Ministerio Público relata que fue el 14 de octubre de 2003 cuando Mercasevilla, "como vía para obtener recursos económicos que aliviaran su difícil situación económica", suscribió con Larena 98 un derecho de superficie sobre parte del suelo del merca, "obligándose" Larena al pago mensual de un canon por importe de 58.738 euros que se iniciaría al año de la firma.

   Tras efectuar un primer pago, "ante las dificultades en obtener la licencia de obras que había solicitado en febrero de 2004 y tomando conocimiento de la falta de la acometida eléctrica necesaria para el suministro regular de luz a las parcelas", Larena dejó de pagar el canon e interpuso un pleito contra Mercasevilla "por incumplimiento de contrato".

   En este punto, Mellet y Castaño "intentaron convencer" a Larena para que desistiera del pleito y le ofrecieron "otras oportunidades de negocio", pero "ante la falta de acuerdo" con esta empresa, los acusados "decidieron buscar otra empresa interesada" en explotar los suelos y que pagara el canon mensual, "poniendo fin al pleito".
"PACTO"

   Para ello, contactaron con Sando, "quien tenía interés puesto que ya era conocedora del posible traslado" de la unidad alimentaria de Mercasevilla a otros terrenos, "lo que generaría una nueva bolsa de suelo para construir" en la capital hispalense.

   En este marco, los dos imputados "pactaron" con Sando que ésta, a través de Sanma, "se haría cargo de la reclamación económica" de Larena, "poniendo fin al pleito y subrogándose en el derecho de superficie, y a cambio, aparte de recibir el pago del canon, Mercasevilla les adjudicaría directamente un derecho de opción de compra sobre todos los terrenos, llegándose a elaborar un protocolo entre Mercasevilla y Sanma en donde se fijaba el precio de los terrenos".

   Al hilo de ello, el fiscal dice que "esta idea, sin citar en concreto a Sando, fue manifestada" por Fernando Mellet y Jorge Piñero en la reunión de la comisión ejecutiva de Mercasevilla de 28 de junio de 2005, mientras que en una reunión posterior los acusados "reiteraron la idea citando ya expresamente que la empresa interesada era Sando".

   El 18 de julio de 2005, Sando "llegó a un acuerdo" con Larena, a la que abonó 1.080.000 euros, subrogándose Sanma en el derecho de superficie, no obstante lo cual "la segunda parte del acuerdo no se pudo consumar ante la resistencia al modo de adjudicación directa de los terrenos" que Mellet, Castaño, Torrijos y Crespo "encontraron" en los restantes miembros del consejo de administración de Mercasevilla.

PLIEGO DE CONDICIONES "A MEDIDA"

   "De común acuerdo", los acusados "convencieron a los demás al menos para que el sistema de venta fuera el del concurso y no el de subasta", sostiene la Fiscalía, quien añade que, seguidamente, los imputados encargaron la confección del pliego de condiciones al entonces vicesecretario del consejo, Jorge Piñero, a María Victoria Bustamante y al economista José Antonio Ripollés, quienes "confeccionaron un pliego a la medida de los intereses de Sando".

   A partir de julio de 2005, los imputados informaron a Sando de este cambio "y garantizaron a sus responsables" que el concurso "les sería adjudicado, manteniendo desde esa fecha comunicación permanente sobre los términos del pliego y la valoración de cada cláusula, lo que permitió a Sando y a Sanma preparar con mucha antelación su oferta", tras lo que el 8 de noviembre de 2005, la comisión ejecutiva "acordó proponer al consejo de administración la adjudicación, mediante concurso, del derecho de opción de compra sobre la totalidad de los terrenos".

   El fiscal asevera que, en las cláusulas del pliego elaborado, se introdujeron dos "que tenían como fin favorecer" a Sando, como es, en primer lugar, la cláusula de limitación al alza, que penalizaría a las ofertas económicas que excedieran en más de un diez por ciento la media de todas las ofertas, con lo que Sando "se aseguraba que, partiendo de un precio de tasación de 105 millones de euros, y siendo su oferta el precio ya pactado de 106 millones, ninguna oferta más interesante económicamente que la suya se viera beneficiada sino por el contrario penalizada y excluida de la valoración".

   La segunda cláusula fue la de titularidades previas, "que otorgaba puntuación a aquellos ofertantes que poseyeran ya sobre los terrenos de Mercasevilla algún derecho", dándose la circunstancia de que Sando, a través de Sanma, "era ya titular del derecho de superficie y era conocedor de que ninguna otra empresa constructora que pudiera concurrir al concurso tenía titularidad parecida sobre los terrenos".

OFERTAS "DE RELLENO"

   Una vez aprobado el concurso, se publicó el pliego de condiciones y acudieron al mismo ocho empresas, de las que cinco "eran merecedoras del calificativo de ofertas de relleno o de compromiso", tras lo que, abiertas las plicas, la mesa de contratación encargó a Bustamante y a Ripollés la valoración de todas las ofertas, "lo que hicieron favoreciendo los intereses de Sando", pues en la valoración de la oferta económica "penalizaron la oferta más ventajosa económicamente para Mercasevilla, como era la de Noga, al aplicar la cláusula de limitación al alza".

   Una vez entregada la valoración, la Mesa de Contratación propuso el 13 de febrero de 2006 a la Comisión Ejecutiva que eligiera la oferta de Sanma, "cosa que la Comisión hace en fecha 15 de febrero de 2006", y "como consecuencia de todo lo anterior", Mellet, en nombre de Mercasevilla, y Sánchez Manzano, por Sanma, firmaron el 23 de febrero de 2006 el contrato de opción de compra, "cumpliendo así los acusados con el compromiso que tenían con Sando desde que Sanma se subrogó en el derecho de superficie".

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