La Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía en Huelva ha abierto, desde principios de año hasta el mes de junio, tres expedientes sancionadores a taxis 'piratas' por prestar servicios ilegales de transporte público de viajeros mediante vehículos sin autorización.
Estas denuncias se concentran, principalmente, en zonas de Condado y la Costa coincidiendo con las campañas agrícolas, según han informado desde la Delegación del Gobierno.
En relación con la capital, se han observado algunas prácticas de competencia desleal por taxistas con licencias en municipios de provincia, que aprovechan su estancia en Huelva para cargar viajeros fuera de su término, sustrayéndolos a los de la capital.
Caber recordar que durante 2014, la Junta ha abierto siete expedientes por estos motivos. La labor inspectora la desarrolla la Junta de Andalucía y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ya que las denuncias las realizan agentes de la Guardia Civil y de la Policía Local, la propia Inspección de Transportes de la Delegación Territorial de Fomento y particulares.
Según la normativa vigente, el importe de las multas por transporte de viajeros sin autorización oscila entre los 1.380 y los 2.760 euros, teniendo en cuenta aspectos como la reincidencia, la especial gravedad de la infracción, la magnitud del beneficio ilícitamente obtenido, el perjuicio causado o la repercusión social.
Desde el 31 de diciembre de 2014, este tipo de sanciones va acompañado, además, de la inmovilización del vehículo infractor hasta el abono de dicha cuantía. Esta medida se recoge en el Decreto Ley 17/2014 para la adopción de medidas de control del transporte público discrecional de viajeros en vehículos turismo aprobado por Consejo de Gobierno y que supone una modificación del marco normativo existente --la Ley de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros-- para reforzar el control del intrusismo en el taxi.
La iniciativa, que responde a una reivindicación planteada por el propio sector, permite articular medidas más ágiles y eficaces como es el caso de la inmovilización en el acto del vehículo infractor para permitir a las fuerzas de seguridad prolongar la retención hasta el abono de la correspondiente sanción o la prestación de una garantía de pago (caución) por una entidad autorizada.
Hasta ahora la retención se mantenía únicamente hasta el momento en el que los viajeros abandonaban el vehículo, lo que en la práctica convertía la medida en ineficaz, ya que los taxis pirata podían seguir la marcha tras ser multados y cargar nuevos pasajeros. Este cambio normativo mejora así la cobertura legal de la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad contra este fenómeno y tiene especial repercusión en el caso de las policías locales, ya que el 90% de los servicios ilegales de transporte se prestan sin salir de los términos municipales.
DOBLE PERJUICIO
El intrusismo en el sector del taxi tiene un doble perjuicio, ya que, por un lado, afecta a la seguridad vial y coloca al consumidor en una situación de desprotección e indefensión; y por otro, supone un grave menoscabo económico para los profesionales que prestan este servicio de transporte de forma regulada y de acuerdo a la normativa.
En ese sentido, los vehículos ilegales de transporte de viajeros no se ven sujetos a ningún control y sus conductores pueden no contar siquiera con el carnet de conducir, mientras que un taxi oficial ha de someterse a una revisión anual mucho más exigente que la ITV rutinaria, con un conductor que ha de superar pruebas de capacitación y renovar su licencia también con una periodicidad anual. Además, en caso de siniestro en un taxi pirata, los usuarios no pueden beneficiarse de la cobertura del seguro obligatorio del automóvil.