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El proceso de selección abierto por Emasa para la renovación de su gerente recibe 23 candidaturas

Será el consejo de administración de Emasa el órgano que tendrá la capacidad de decisión en la selección final del candidato, tal y como han señalado desde el Ayuntamiento de Málaga

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El proceso de selección abierto por la Empresa Municipal de Aguas (Emasa) de Málaga para ocupar el cargo de gerente de la entidad cerró el pasado lunes el plazo de presentación de solicitudes con la recepción de un total de 23 candidaturas.

   Éste será el punto de partida para la elección de la persona que sustituirá al actual gerente, José Luis Rodríguez, quien dejará el cargo por jubilación, para lo que se ha abierto un procedimiento en régimen de concurrencia, al que se ha podido presentar cualquier profesional capacitado específicamente para asumir las funciones del puesto.

   Será el consejo de administración de Emasa el órgano que tendrá la capacidad de decisión en la selección final del candidato, tal y como han señalado desde el Ayuntamiento de Málaga.

   Además de demostrar una adecuada cualificación profesional, en su solicitud, los candidatos han tenido que documentar que cuentan con una competencia e idoneidad acreditadas para el cargo, así como su disponibilidad inmediata y compromiso de dedicación exclusiva tras someterse a un periodo de prueba.

   A este procedimiento podrá concurrir cualquier profesional especialmente capacitado y que tenga suficientemente acreditada su competencia e idoneidad para el cargo, así como disponibilidad inmediata y dedicación exclusiva tras un periodo de prueba.

EXPERIENCIA DE CINCO AÑOS

   Además de contar con la necesaria titulación académica, el candidato deberá demostrar experiencia durante al menos cinco años en la dirección/gerencia/gestión de entidades públicas o privadas relacionadas directa o indirectamente con la administración del ciclo integral del agua, o de entidades del sector público por ese mismo periodo de tiempo.

   La comisión designada para el proceso de selección realizará una entrevista personal a los 10 candidatos que hayan obtenido mayor puntuación según sus méritos académicos y profesionales.

   Una vez realizada esa entrevista, la comisión informará al consejo de administración de Emasa sobre los cinco aspirantes que hayan obtenido mejor resultado, para que seleccione al gerente.

   Según las bases que regulan este procedimiento, la persona que ocupe el puesto lo hará mediante un contrato laboral de alta dirección, que se extinguirá cuando lo haga la actual Corporación municipal.

RETRIBUCIONES

   Para aquellas cuestiones que no estén previstas en dicho contrato, se aplicará el Real Decreto 1282/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de carácter especial de personal de alta dirección. El cargo está dotado con unas retribuciones de 75.800 euros, más una variable anual sobre los objetivos pactados que será como máximo de un 15 por ciento del fijo.

   En lo que se refiere a las funciones, el futuro director-gerente de Emasa deberá asumir las que están previstas en los estatutos de esta empresa pública municipal, tales como cumplir y hacer cumplir fielmente los acuerdos del consejo de administración.

   También presentar anualmente a la aprobación del consejo de administración un plan de dirección que comprenda los posibles objetivos generales de la sociedad; elaborar los planes de explotación, tesorería e inversiones, y remitir anualmente al Ayuntamiento las previsiones de gastos e ingresos, así como el programa anual.

   De igual modo, deberá proponer al consejo de administración los recursos físicos y financieros necesarios para el cumplimiento exacto del plan de dirección; informar a los consejeros, en las respectivas reuniones, sobre el estado de cumplimiento del plan de dirección, y en general, de la marcha de la sociedad, y preparar un resumen anual de las actividades, analizando el grado de cumplimiento de los objetivos.

   Adoptar cuantas determinaciones estime oportunas para la dirección de la empresa, dando cuenta al consejo, y requerir los asesoramientos técnicos que sean necesarios para la marcha normal de la sociedad, respetando las funciones respectivas del secretario, interventor y tesorero de la Corporación, con arreglo a los preceptos legales en vigor, son otras de sus funciones.

   Al igual que ejercer la jefatura inmediata de todos los servicios de la empresa, así como la de sus dependencias, inspeccionando, fiscalizando y vigilando la actividad de los mismos, y también de todo el personal, nombrando y separando la plantilla, señalando sueldos y emolumentos y concediendo los premios o imponiendo las sanciones que estime procedentes, aunque informando siempre al consejo.

   Por último, representar a la empresa en la realización de los actos jurídicos, propios de su competencia, previo acuerdo del consejo, salvo en las materias que sean de su competencia específica; ordenar pagos hasta la cantidad que el consejo determine, y, en caso urgente o peligro inminente de daño grave o irreparable para la sociedad, llevar a cabo, bajo su responsabilidad personal, los actos que fueran necesarios dando cuenta inmediatamente al presidente.

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