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Cádiz

La Junta denuncia por vía judicial la campaña publicitaria de Pascual al "vulnerar derechos de la ciudadanía"

El delegado del Gobierno, Fernando López Gil señala que “no se pueden usar bases de datos que son públicas para un uso privado” y, además, San Rafael “no tiene un concierto que le permita prestar ese servicio”

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La Junta de Andalucía, a través de su Consejería de Salud, ya ha denunciado por vía judicial contra la empresa José Manuel Pascual Pascual, SL, por su polémica campaña de publicidad en algunos medios de comunicación en las que insta a los “beneficiarios de la Sanidad Pública” que estén esperando a que se les llame para una intervención a que acudan a sus clínicas, en Cádiz, a la Clínica San Rafael, y en Huelva, por ejemplo, al Hospital Blanca Paloma, para así “reducir rápidamente los tiempos de espera para su cita”, y así ser intervenidos en sus instalaciones “de forma ágil y gratuita”. 

Esta denuncia fue confirmada ayer por el delegado del Gobierno de la Junta en Cádiz, Fernando López Gil, quien a preguntas de este medio dijo confiar en llegar a un acuerdo con la empresa sanitaria para que finalmente acabe retirando la campaña por decisión propia. Eso sí, espera que la retire “lo antes posible” ya que, según la Junta de Andalucía, la citada campaña de publicidad “vulnera algunos derechos de la ciudadanía”.

Aunque espera una solución consensuada, Fernando López Gil confirmó que la Administración Autonómica ya ha iniciado medidas judiciales contra dicha publicidad por entender que “vulnera algunos derechos de la ciudadanía”.


López Gil recordó que el consejero de Salud, Aquilino Alonso, anunció la pasada semana en el Pleno del Parlamento andaluz que se ha presentado una denuncia en los tribunales contra dicha campaña.

Para la Junta de Andalucía, tal y como defiende en la denuncia presentada contra la empresa Pascual Pascual, la campaña debe ser retirada porque “no se pueden usar bases de datos que son públicas para un uso privado” al tiempo que como confirmó Fernando López Gil la Clínica San Rafael de Cádiz en cuestión “no tiene actualmente un concierto que le permita prestar ese servicio en nombre de lo público”.

López Gil reiteró que desde la Junta les “gustaría” que hubiera “entendimiento con la empresa”, tras recordar que la Administración andaluza tiene con la mercantil un convenio que “ha caducado, pero se está en conversaciones con la empresa”, por lo que desea que este asunto termine “de una manera positiva para la provincia” y que las conversaciones también concluyan con “la retirada de esa campaña”, con la que ha recalcado que la Junta de Andalucía “no está de acuerdo”.

En la publicidad hacen referencia al Decreto 209/2001 y a la Orden de 20 de diciembre de 2006 que “garantiza el plazo de respuesta quirúrgica”, de entre 180 días para intervenciones no urgentes y de 120 días para “algunos procesos”.

Tal y como publicaba este media la semana pasada, la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales ha querido aclarar que “las competencias en materia sanitaria, tanto en prestaciones como en regulación de las mismas, son exclusivas de la Administración Autonómica”, por ello “es inadmisible que la empresa José  Manuel Pascual Pascual utilice este reclamo publicitario ofreciendo intervenir a los usuarios en lista de espera sin coste para ellos, confundiendo y engañando a la población andaluza con objetivos que desconocemos”.

Salud indicó igualmente que “en los términos que contiene esta campaña publicitaria, el Sistema Sanitario Público Andaluz no se hará cargo de ningún abono a esta empresa ni se hará responsable tampoco de las posibles consecuencias, tanto clínicas como patrimoniales, derivadas de dicha asistencia”.

Antes de la vía judicial, la Junta ya se puso en contacto con Pascual SL para que retirase la campaña.

Por otro lado, y a pesar del toque de atención de la Junta y de la denuncia interpuesta, la campaña publicitaria sigue saliendo en los medios a día de hoy.

Por último, cabe recordar que la a Clínica San Rafael de Cádiz se vio en envuelta en otra denuncia por imponer a sus enfermeras que se pusiesen minifaldas mientras desempeñaban sus trabajos clínicos habituales.  En 2011, el Tribunal Supremo declaró anticonstitucional la obligación de la empresa Clínicas Pascual de que sus enfermeras de consultas y planta vistan minifalda cen lugar usar pijamas sanitarios.

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