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Lunes 01/07/2024  

Sevilla

El abogado de Adrián Moreno desmiente la cuantía de los antecedentes

Estudia ejercer acciones legales contra la filtración errónea de antecedentes penales inexistentes por parte de la Fiscalía para ocultar su mala praxis

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  • A su entrada en el centro -

El abogado de Adrián Moreno, el joven sevillano de 26 años condenado a seis meses de cárcel por robar una bicicleta hace ya ocho años y ingresó este miércoles por iniciativa propia en el Centro de Inserción Social (CIS) Luis Jiménez de Asúa en espera de un nuevo pronunciamiento de la jueza que lleva el caso, ha desmentido este jueves la cuantía de antecedentes penales y policiales de su patrocinado "filtrados por la Fiscalía", a su entender para "ocultar la mala praxis" en este procedimiento.

Así, el abogado del joven, Ángel Bordas, frente al historial publicado este miércoles en los medios debido a la filtración, ha adjuntado en una nota los "verdaderos" antecedentes tales como: delito de allanamiento de morada en el domicilio de su expareja sentimental en 2010, con pena de 10 meses de cárcel suspendida por la juez de lo penal 13 de Sevilla, Yolanda Sánchez; delito de hurto bicicleta (05/06/2014. Seis meses prisión); delito de conducción con permiso no vigente (24/02/2014 32 dias de trabajo a la comunidad) que ya ha cumplido; y delito de conducción con permiso no vigente (24/02/2014 con multa cumplida). Todo ello, dice, "para demostrar la ignorancia del señor ministro, Rafael Catalá, y la excesiva rigurosidad del Ministerio Fiscal y de la jueza del Juzgado de lo Penal nº13". 

El letrado señala que el auto de fecha 19 de enero de 2015 donde se resuelve que no ha lugar a conceder al penado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad de 6 meses de prision impuesta en sentencia, se pueden "comprobar los errores del Juzgado que habla de otra condena de 5 /06/2014 , cuando esa condena es la misma del hurto de la bicicleta". "Continuos errores que no han sido enmendados a pesar de los reiterados escritos de este letrado", insiste.

Indica que "a fecha del auto del 19 de enero de 2015, Adrián no tenía antecedentes penales y sólo contaba una condena de 32 días de trabajo en beneficio de la comunidad". Además, hace mención a la normativa del Nuevo Código Penal aprobado por el misnistro Catalá donde "permite la suspensión o sustitución de la pena privativa de libertad para estos casos y por ende permite el indulto para estas causas".

"Por eso entendemos que ya es increíble que no se le suspenda o sustituya la pena, pero todavía es más cuando no se le conceda un indulto aunque sea parcial cuando la lentitud de la justicia y la desproporcionalidad manifiesta ha llevado a Adrián a prisión", manifiesta.

Por último, señala que están estudiando "ejercer acciones legales contra la filtración errónea de unos antecedentes policiales y penales inexistentes por parte de la Fiscalía para justificar su  mala praxis en este procedimiento". 

 

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