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19/05/2024  
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San Fernando

El SPLI dice que la Oferta de Empleo Pública no se ajusta a las normas

Constituye un incumplimiento del ordenamiento jurídico, en cuanto a la Tasa de Reposición de efectivos, vacantes producidas en el año 2015 y otros.

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  • Policía Local -

La Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2016, aprobada por la Junta de  Gobierno Local constituye un incumplimiento del ordenamiento jurídico, en cuanto a la Tasa de Reposición de efectivos, vacantes producidas en el año 2015, reserva de plazas para personas con discapacidad, etc., y las disposiciones y criterios aplicables para el acceso al empleo público en el Ayuntamiento de San Fernando con lo dispuesto en los artículos del Acuerdo de Mejoras del personal funcionario y del Convenio Colectivo del Ayuntamiento de San Fernando, vigentes en la actualidad.

Así lo asegura el Sindicato de la Policía Local Independiente (SPLI), que votó en contra de la propuesta del Gobierno, aduciendo que en el diseño de la Oferta de Empleo Público 2016 no se ha recabado de todas las Delegaciones y Servicios municipales la información imprescindible para estimar objetivamente las necesidades de personal del conjunto de esta Administración Local, al presentar como prioritarios algunas plazas vacantes por jubilación durante el año, sin contar con las propuestas de los sindicatos con la representación reconocida y legitimados y todo aquello que diagnostica las necesidades y previsiones de personal para la preparación de la Oferta de Empleo Público, resultando cinco plazas del Grupo A (Se exige estar en posesión de título universitario).

De conformidad con lo regulado en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, en lo que se refiere a plazas de Policía Local de nuevo ingreso, conforme al límite máximo del cien por cien de la tasa de reposición de efectivos, la Oferta de Empleo Público 2016 no incluye plaza alguna de Policía Local, reduciendo la plantilla de 119 plazas de policías en 2015 a 117 plazas de policías en 2016.

Con anterioridad a la aprobación de la Ofertas de Empleo Público 2016, esta Administración Local ha considerado urgente, inaplazable, prioritario por necesidades de reajuste de personal, organizativas y funcionales, nombrar como funcionarios interinos a porteros-conserjes para puestos vacantes en la plantilla municipal, y tampoco se han incluido en la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2016, existiendo una Bolsa de Contratación, constituida y ordenada por el apellido, como requisito para acceder a este puesto de trabajo en el Ayuntamiento.

En la motivación expresada por el responsable del Equipo de Gobierno, sobre la Ofertas de Empleo Público 2016 periodo de seis años sin convocatoria de OEP, a excepción de la última hace tres años exclusivamente de policías municipales, entra en clara discriminación con el colectivo municipal de la Policía Local y supone una contradicción con el hecho de que por parte de este Ayuntamiento se dejó sin efecto parcialmente la Oferta de Empleo Público de 2010 publicada en el B.O.P. de Cádiz nº 79 de fecha 29/04/10,  al haber dejado transcurrir el plazo de tres años establecido en el art. 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y en el Apartado Tercero de la propia O.E.P. sin haberse convocado los correspondientes procesos selectivos para cubrir las mencionadas plazas.

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