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El juez Velasco atribuye tres delitos al presidente de Murcia

El instructor de la causa conforma la pieza separada en la que dirige el procedimiento contra 22 personas

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  • Pedro Antonio Sánchez. -
  • Cinco a la senadora Barreiro

El instructor del caso 'Púnica', el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco, ha dictado un auto en el que conforma la pieza relativa a las actividades de la trama en Murcia y atribuye la posible comisión de los delitos de fraude, cohecho y revelación de información reservada al presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, y otros cinco a la senadora del PP Pilar Barreiro.

En un auto dado a conocer este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 acuerda la formación de la pieza III de la "Operación Púnica" relativa a las supuestas irregularidades en Murcia y dirige el procedimiento contra 22 personas.

La presunta actividad criminal del presidente murciano estaría relacionada, según Velasco, por supuestamente concertarse con empresas de Alejandro de Pedro para amañar contratos de formación en la Consejería de Educación con el fin de realizar, en realidad, trabajos particulares de reputación en Internet y redes sociales para reformar su imagen de cara a su postulación como presidente de Murcia.


En el caso de la también ex alcaldesa de Cartagena, Velasco le atribuye los delitos fraude, malversación de caudales públicos, cohecho, prevaricación continuada y revelación de información reservada por igualmente concertarse con empresas de De Pedro para amañar futuras adjudicaciones en contratos públicos de formación de la Consejería de Educación, así como por presuntamente sufragar con dinero público previsto para campañas de publicidad de turismo en Cartagena trabajos particulares como la creación de un diario digital en esa ciudad que emitiera informaciones favorables, así como los honorarios de un periodista.

Respecto de los dos anteriores, el juez señala que al tratarse de una senadora (cuyo enjuiciamiento correspondería al Tribunal Supremo) y del presidente de la Región de Murcia (cuyo enjuiciamiento correspondería al Tribunal Superior de Justicia de Murcia) debe recabarse por el conducto oficial, tanto del Senado como de la Comunidad de Murcia, "su calidad de tales al objeto, en su caso, de elevar a los respectivos órganos judiciales competentes, la oportuna exposición razonada".

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