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Córdoba

Multa de 4.500 euros a un acusado de tener pornografía infantil

Un Juzgado de lo Penal de Córdoba condena al hombre de 50 años por tenencia de material pornográfico para uso propio. La investigación se inició en Huelva

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  • Pornografía infantil. -

El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha condenado a una pena de 4.500 euros de multa a un hombre de unos 50 años acusado de un delito de tenencia de material pornográfico infantil para uso propio, todo ello después de que fuera condenado en sentencia firme a un año de cárcel por un delito de distribución de pornografía con menores.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que han presentado recurso, se da por probado que la Guardia Civil de Cumbres Mayores (Huelva) inició una investigación en relación a la descarga realizada de unos archivos supuestamente de contenido pornográfico y en los que "podían participar o ser utilizados menores de edad".

Tras realizar las averiguaciones oportunas, comprobaron que una parte de los movimientos de archivos con el mencionado contenido podían haberse llevado a cabo desde una dirección de IP a diferentes horas en días de enero de 2012, correspondiente a una línea contratada con una compañía telefónica de la que resulta titular una entidad.


De este modo, el juez en enero de 2013 acordó la entrada y registro en el domicilio de la entidad situado en un municipio de la provincia de Córdoba, que se llevó a cabo en febrero del mismo año con la presencia del procesado, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia.

En este punto, el magistrado señala que "no se considera acreditado que el acusado haya compartido archivo alguno con contenido pedófilo con terceras personas o empleado programas de descarga que comportasen esa circunstancia", a lo que añade que "en todo caso, en unos de los ordenadores propiedad de acusado fue hallado un archivo de contenido sexual en el que aparece una niña menor de edad". Según el juez, "dicho archivo lo tenía el acusado para su uso propio".

Al respecto, el hombre rechazó haber compartido con persona alguna los archivos y tras la sentencia condenatoria no volvió a utilizar programas que comparten archivos, así como que los archivos que bajaba los iba borrando, según se apunta en la resolución judicial.

Cabe destacar que el Ministerio Público había solicitado una pena de dos años de prisión por un delito de difusión de material pornográfico, mientras que la defensa pidió la absolución.

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