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Personas con discapacidad podrán formar parte de los jurados populares

En la norma aprobada en 1995 se establecía que para ser miembro de un tribunal popular no había que estar afectado por discapacidad física o psíquica

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  • Juicio. -

Las personas con discapacidad podrán formar parte de los jurados populares a partir del 14 de febrero, tras ser publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la modificación de la Ley del Tribunal del jurado que entrará en vigor en el plazo de dos meses.

Con esta reforma, aprobada por unanimidad por el Pleno del Senado el 29 de noviembre, se adecua la Ley de Tribunal Jurado a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en 2008 en España, y que en su artículo 13 establece el derecho de acceso a la justicia de este colectivo, "incluido el ajuste de los procedimientos para facilitar su desempeño en las funciones efectivas como participantes directos e indirectos".

La Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, limitaba y restringía el derecho de participación a las personas con discapacidad y no reconocía su igualdad, una situación que los grupos parlamentarios consideraban que vulneraba derechos fundamentales reconocidos en la Constitución e incumplía lo establecido en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


En la norma aprobada en 1995 se establecía que para ser miembro de un tribunal popular no había que estar afectado por discapacidad física o psíquica. El texto que ha sido aprobado especifica que para ser jurado habrá que "contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función del jurado".

También se alude a que "las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia de la función de jurado, debiéndoseles proporcionar por parte de la Administración de Justicia los apoyos precisos, así como efectuar los ajustes razonables, para que puedan desempeñar con normalidad este cometido".

SATISFACCIÓN DEL CERMI

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha mostrado su satisfacción por la próxima entrada en vigor de la modificación. "Con este cambio normativo se destierra del ordenamiento jurídico una discriminación contra el acceso de las personas con discapacidad a la Justicia, que contravenía gravemente los mandatos de la Convención Internacional sobre los derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, suscrita y ratificada por España y plenamente aplicable en nuestro país", ha recordado en un comunicado el CERMI.

Para la entidad, la entrada en vigor de este cambio "representa un avance en los derechos de las personas con discapacidad" y lo considera "un precedente valioso de las reformas pendientes en materia de acceso a la Justicia, como la modificación del Código Civil para establecer un sistema de apoyos a la toma de decisiones o para la eliminación del internamiento involuntario por razón discapacidad psicosocial".

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