¿Qué pasa? ¿Que todo lo que no está en el Registro no está en el mundo? ¡Venga ya!, si en bares y restaurantes hay más platos fuera de carta que dentro; si en el mundo del cortejo y del amor, se ha ligado más con niñas que no han sido novias nuestras que con éstas; si en el campo de la memoria, el hombre se arrepiente mucho más de lo no hecho que de lo hecho.
La respuesta y la gran repercusión, sobre todo, la gratuita y anónima en redes sociales, con la que me he reído mucho -cuánta gracia, cuánto aje, cuánto arte- el de los onubenses y sevillanos, sevillanos y onubenses, en su mayoría, ironizando y largando fiesta, ha resultado desmedida, exagerada y, casi siempre, asaz equivocada.
Vaya por delante, que quede la mar de claro, que me afirmo y ratifico en su integridad en el escrito de denuncia que fue interpuesto en su momento, su no lectura y su sí interpretación, saturada de mordacidad más que de indignación, ha llevado a la gente, en resumen, a concluir con una respuesta que ciertamente no encaja con lo denunciado. (Algo así como si denuncio que Fregenal de la Sierra es más sevillana que pacense y se me contesta con un “¡Sevillano: go, home”!).
Por eso oso escribir estas letras sin desdecirme en una sola coma de nuestro alegato inicial generador de la polémica. Que Sevilla pueda tener, aproximadamente, 150 hectáreas que limitan al norte con la carretera de Mazagón, al sur con el Océano Atlántico, al este con la Torre de la Higuera (caída o volcada en 1754 como consecuencia del terremoto de Lisboa), y al oeste con los terrenos de la finca “Antiguo Coto Ibarra” -hoy propiedad de la Sociedad Hispano Alemana-, que se denomina World Hotel, ni es un cuento chino, ni una provocación ni, mucho menos, una seudotentativa de agresión o zarpazo de carácter localista, cerril y provinciano.
Sólo hemos tratado de “comunicar”, “decirle al Ayuntamiento” con el soporte documental que hemos encontrado, que ese trozo de terreno “pudiera ser sevillano”, es decir, propiedad de la ciudad. Eso ha sido todo. Que provea, apertura un expediente, y proceda de conformidad con el art. 44, a) del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, es una obligación legal y reglamentaria del receptor de la denuncia; si no lo hace, allá ellos.
Esperemos que concejales de nuestro Ayuntamiento (de mando y oposición), miembros de la Diputación Provincial de esta ciudad y, diputados por Sevilla, al Congreso del Paseo de San Jerónimo, y autonómicos andaluces del Hospital de las Cinco Llagas se interesen y digan (en legal forma, esos sí) o un “vale, lo estudio” o un “tesquieiyá”. Decía uno de mis maestros jurídicos que tuviera en cuenta que si al Credo se le quita una coma, quien padeció, fue muerto y sepultado, resultaría Poncio Pilatos.
En consecuencia, solo aclaro (nada de modificar) que ni esta parte ha dicho que Sevilla tiene playa, sino que “pudiera tenerla”, ni que se reclame a Matalascañas, Almonte, Huelva, Andalucía, España, Europa, un solo centímetro cuadrado de su demarcación. Igualmente aprovecho para decir que, “puedo prometer y prometo que, si mi empeño sale bien y prospera, en cuantito se acabe, empiezo con Gibraltar”.