La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a J.A.L.M., vecino de El Puerto de Santa María (Cádiz), a siete años de prisión por abusar sexualmente de una menor amiga de su hija tras haber sido condenado en 2016 a nueve años de prisión por abusar también de ella.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se da como hechos probados que en 2014 el condenado aprovechó la presencia en su domicilio de su hija y la amiga de ésta para iniciarlas actos sexuales mediante juegos y retos de atrevimiento con el fin de satisfacer su ánimo libidinoso.
Posteriormente, la relación del acusado con la amiga de su hija se fue consolidando hasta el punto de que comenzaron a vivir juntos y a tener relaciones conyugales en las que, en alguna ocasión, participaba la propia hija.
Para el tribunal pese a que la relación que mantuvo la menor con el procesado fue de forma consentida, se trataba de una adolescente que no tenía la suficiente capacidad de asumir obligaciones y tomar decisiones responsables ni para asumir las consecuencias de sus propios actos, lo que unido a la diferencia de edad y de grado de madurez que tenia con el procesado daba lugar a una asimetría de poder y control, por lo que se trataría de un consentimiento viciado, donde el abuso de poder y la superioridad de uno sobre otro juega un papel predominante, haciendo posible que la propia menor viviese los hechos como consentidos y elegidos libremente.
Por todo ello, la Audiencia Provincial ha condenado a J.A.L.M a siete años de prisión y ocho años de libertad vigilada y le ha impuesto la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 200 metros a quien el acusado deberá indemnizar con unos 10.000 euros.