El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Algeciras ha desestimado una demanda de varios agentes de la Policía Local de Los Barrios en la que reclamaban al Ayuntamiento unas cantidades económicas relativas del complemento específico, una vez fijados en la RPT del 2016.
El Ayuntamiento se ha evitado de pagar con esta sentencia 261.433 euros, cantidad que reclamaban. También hay que especificar que sí el resto de policías hubieran presentado una demanda en los mismos términos habría que sumar a esta cantidad 303.262 euros.
La parte denunciante fundamentaba que los conceptos de este complemento no habían sido abonados anteriormente, al no existir la RPT, actuando de forma arbitraria el Ayuntamiento y de ahí que este grupo de policías iniciaran este procedimiento judicial para reclamar los años anteriores a la aprobación de la RPT.
En la sentencia se refleja que “la parte demandante, no ha probado la existencia de disminución de retribuciones totales (más bien lo contrario), con motivo de la aprobación de la RPT en 2016 del complemento específico. No se le puede aprobar retroactivamente porque tal pretensión no tiene amparo jurídico”, apunta.
Además, la sentencia explica que “la reclamación al Ayuntamiento es actual y no consta que antes se reclamara ni la aprobación de una RPT, ni los concretos parámetros que ahora retroactivamente se reclaman. Es más, los irregulares y carentes de cobertura jurídica complementos de asistencia y funcionalidad fueron consentidos y asumidos por los demandantes, cuyos representantes legales los habían negociado”.
En el propio documento judicial se indica que “un ejemplo se obtiene con la comparación de las nóminas aportadas por el Ayuntamiento, se puede observar que hasta la nómina de mayo de 2016 a los demandantes se les retribuía tanto el complemento específico como el de asistencia y el de funcionalidad, pero la suma de los tres es inferior a la cuantía que aparece en la nómina de 2016. Es decir, no hay merma retributiva”.
También el magistrado destaca en su sentencia que “con independencias de las críticas jurídicas que puede merecer la nueva RPT, lo cierto es que el Ayuntamiento de Los Barrios ha realizado un razonable esfuerzo de regularización. Basta con observar los periodos reclamados por cada uno de los demandantes para ver, claramente, que la parte demandante pretende que retroactivamente se le pague el complemento específico en las cuantías fijadas en la RPT de 2016”, apunta.
Por lo tanto, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Algeciras desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por este grupo de Policías Locales e impone las costas procesales en la cantidad de 500 euros.
El alcalde de Los Barrios, Jorge Romero, ha destacado que “esta es la tercera denuncia que gana el Ayuntamiento con respecto a la RPT, lamentamos la judicialización de las decisiones que toma el Consistorio con respecto a la plantilla municipal, que solo provocan retrasos para aplicar las mejoras”.
“Animo a las centrales sindicales a que sigamos trabajando, a que se abandonen los continuos ataques y buscar soluciones a temas como el del horario d de la jornada laboral que todavía no está resuelto, entre otros”, matiza Romero.