Cuando hace años viajaba por el extranjero y algunos guías turísticos nos hacían recorrer varios kilómetros para ver algún monumento significativo, yo me decía para mis adentros: -Esto lo tiene Sevilla, en cada esquina y más bonito.
Esta invasión del turismo en Sevilla nos enorgullece y nos da vida. Hay que cuidarlo. Da alegría pasear por la ciudad, querida y admirada por todo el mundo .Y referencia de belleza y hospitalidad.
Tenemos un tejido empresarial serio, capacitado y riguroso. Que es muy numeroso y que en parte ha absorbido todo el problema de la construcción, y ello sin pasar por la casilla de salida.
Hay muchos veladores. Supongamos, siendo bondadosos y muy benévolos, que sólo el 3 ó el 5 por ciento incumple las normas. Es decir, no tienen licencia de veladores al ser el acerado muy estrecho, ponen más veladores de los licenciados o incumplen reiterada y constantemente su horario. O permiten el consumo en el exterior de cualquier manera. O actuaciones en directo….legales o no….
¿Tienen esos ciudadanos afectados por ese ruido derecho a no verse perturbados por él? Obviamente, sí. La vía pública es de todos .Por tanto tiene que estar regulada, en beneficio de todos y del bien común.
Nadie tiene la obligación jurídica de soportar un ruido continuo y superior a los límites legales, que afecta a sus derechos fundamentales. Salud, intimidad, inviolabilidad de domicilio. ¿Ha hecho el Ayuntamiento de Sevilla lo imposible por resolver el problema de contaminación acústica de estos ciudadanos afectados por veladores ilegales o cualquier otro foco irregular? No.
Prácticamente, llevamos años sin medir por la noche. Y obviamente cuando se ponen los veladores es por la noche. (Aunque en alguno de estos casos no es necesario medir ejemplo de exceso horario). No se retiran veladores de noche.
En ocasiones se quita importancia a hechos de suma trascendencia. Las puertas de evacuación o de seguridad están bloqueadas. Frente a esta alergia del Ayuntamiento de Sevilla a atender con vocación de eficacia, contundencia y buena fe a los afectados está la vía civil.
El Ayuntamiento les ha abandonado. La vía administrativa y contenciosa administrativa deviene como mínimo más lenta. Y el Ayuntamiento se pone, desgraciadamente, no al lado de la parte más débil.
En el artículo 45 de nuestra Constitución subyace el derecho de los ciudadanos a gozar de una calidad de vida que sea coherente con la dignidad de la persona reconocida en el artículo 10 de dicho cuerpo legal.
Ambos valores, la dignidad de la persona y calidad de vida, han sido vinculados por sentencias del Tribunal Constitucional. Admite el Alto Tribunal que "cuando la exposición continuada a unos niveles intensos de ruido ponga en grave peligro la salud de las personas, esta situación podrá implicar una vulneración del derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE)". Sevilla merece que se tenga también en cuenta al sevillano.
No todo es dinero. Y algunos turistas no volverán a una ciudad si ésta no es sostenible. La vía civil es la solución.