El tiempo en: Jerez
Lunes 20/05/2024  
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Una treintena de denuncias en Camas por saltarse el estado de alarma

Los vecinos denunciados han incumplido las restricciones implícitas con las que el Gobierno busca frenar la pandemia del coronavirus

Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Reunión en Camas. -

La Policía Nacional y la Policía Local han formulado 26 denuncias en Camas por incumplimientos de las restricciones implícitas en el estado de alarma implantado por el Gobierno central para combatir la propagación del coronavirus Covid-19, que suma ya 11.178 contagios en España, 683 de ellos en Andalucía y cien en la provincia de Sevilla.

Según han informado a Europa Press fuentes municipales, la Policía Nacional, que cuenta con una comisaría en Camas, ha interpuesto 13 denuncias, mientras la Policía Local ha formulado de su lado otras 13, siempre por infracciones cometidas por los vecinos de la localidad respecto a las restricciones a la movilidad y a la actividad decretadas por el Gobierno central para frenar la pandemia del coronavirus Covid-19.

Y es que el citado real decreto, como es sabido, circunscribe los desplazamientos permitidos a la ciudadanía a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamientos a los centros de trabajo; retorno al lugar de residencia habitual; el cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; el desplazamiento a entidades financieras y de seguros, o por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

Además, ha sido suspendida la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza, incluida la universitaria, extremo que en el caso de Andalucía ya había sido ordenado antes del mencionado real decreto.

Igualmente, ha quedado suspendida la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos; prensa y papelería; combustible para la automoción; estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones; alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN