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Confirman condena a un hombre por asesinar a su pareja en Málaga

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó a 19 años de cárcel

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  • Sede del TSJA. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó a 19 años de cárcel a un hombre por acabar con la vida de su pareja en un aparcamiento de la localidad malagueña de Alhaurín de la Torre en 2009.

En dicha resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal andaluz desestima el recurso presentado por la defensa del acusado contra la sentencia que, tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, condenó al hombre por un delito de asesinato, con la circunstancia que agrava la pena de parentesco.

Los hechos sucedieron el 12 de marzo de 2009. El jurado declaró probado que entre la víctima y el acusado existía una relación de pareja y que ese día hubo una discusión previa entre ambos, en la que ella, "al sentir miedo de él", salió precipitadamente de la vivienda para huir y pedir auxilio en un aparcamiento próximo.


Pero, la mujer fue alcanzada por él "y arrastrada hasta un lugar apartado --poco transitado y de escasa visibilidad-- de dicho parking, golpeando el acusado a la víctima con un palo de madera en la cabeza y de forma contundente, con ánimo de matarla". Esto le provocó un traumatismo craneoencefálico "que le produjo la muerte".

Asimismo, se declaró probado que el acusado, para ocultar el cuerpo, lo tapó con varios plásticos. La agresión se produjo "de forma inesperada para la víctima, produciéndose los golpes de forma súbita, sorpresiva y sin posibilidad alguna de defensa para la mujer y sin riesgo alguno para la integridad física del acusado".

La defensa del hombre presentó un recurso contra la sentencia, alegando que la condena se había producido sin prueba de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia, además de la ausencia de motivación en el veredicto y en la resolución de la Audiencia de Málaga.

Ahora, el TSJA rechaza estos argumentos, al señalar que la condena se basa en prueba indiciaria válida y que tanto el veredicto como la sentencia tienen suficiente argumentación; además de que la Sala de apelación no ve error a la hora de valorarse la prueba. Por todo esto, confirma la resolución inicial y la pena impuesta.

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