El Juzgado de Instrucción número 3 de Almería ha ordenado el archivo y sobreseimiento provisional de la pieza separada relativa al Ayuntamiento de La Mojonera del caso Hispano Almería, que investiga la presunta financiación ilegal del PP almeriense, tal y como había pedido la Fiscalía.
En un auto, al que ha tenido acceso EFE, la juez Ana Belén Vico recuerda que esta pieza tuvo su origen en la actividad en el ámbito de contratación pública desarrollado por el grupo Hispano Almería con este consistorio entre los años 2000 y 2010, y a supuestas operativas concretas de “ocultación” de parte de las ganancias generadas.
Asimismo, apunta cómo el Ministerio Fiscal solicitó hace unos meses el archivo de la pieza, tras lo que se refiere "detallado informe" del Grupo II de Blanqueo de Capitales de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) en Málaga, en el que se concluye, “modificando sustancialmente lo afirmado hasta entonces en informes anteriores, que no se han detectado graves irregularidades”.
La única excepción es un expediente que podría haber sido causa de un delito de prevaricación, aunque la juez sostiene que “ no concurren los requisitos expresados para estimar acreditado siquiera indiciariamente que por persona alguna determinada se haya cometido un presunto delito de prevaricación o de cualquier otro ilícito penal”.
Una conclusión que adopta tras estudiar la “profusa documentación” de la pieza, como las “múltiples diligencias de investigación” practicadas, las declaraciones de los investigados, las testificales, el informe de la UDEF y el de la secretaria municipal de La Mojonera.
La juez afirma que pese a las posibles “irregularidades” que pueden derivarse de los expedientes analizados, no tienen la gravedad necesaria para ser relacionadas con una posible actividad criminal.
El expediente referido es el relativo a una permuta de suelos entre Hispano Almería y la empresa Gesponiente, que acusaciones como la del PSOE apuntaban como origen de un posible enriquecimiento por parte del entonces alcalde mojonero y expresidente del Ifapa, José Cara (PP).
Sobre esta permuta, la juez concreta que a pesar de las distintas tasaciones y las diferencias entre ellas, no es posible concluir que respondan a “criterios arbitrarios” que justifiquen la existencia de una infracción penal, “máxime” cuando “no se acredita daño patrimonial alguno para los bienes municipales”.
Sobre la condición de socio de José Cara de Gesponiente, la juez asevera que “no resulta posible acreditar, sin género de dudas”, esta condición en el momento de su intervención pública en relación con la citada sociedad, lo que, “sin perjuicio de otras valoraciones”, no supone, que quede acreditada, “fuera de toda duda”, la existencia de una infracción penal.
“De igual modo, ningún indicio existe de la presunta comisión de un delito contra la Hacienda Pública, fiscal, blanqueo de capitales o cualquier otro ilícito penal, por lo que resulta procedente en el presente supuesto, tal y como solicita el Ministerio Fiscal (...) acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones (...) sin perjuicio de su posterior reapertura en caso de aparición de nuevos elementos que permitieren su corroboración”, concluye.
Almería
Archivada la pieza de La Mojonera del caso Hispano Almería
La juez afirma que pese a las posibles “irregularidades” que pueden derivarse de los expedientes analizados, no tienen la gravedad necesaria
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