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Almería

Condenado por llamar 59 veces a su expareja, coaccionarla y amenazarla

Le había sido impuesta el 16 de abril de 2016 la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros o comunicarse con su expareja sentimental

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  • Llamada de teléfono. -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a penas que suman dos años, cuatro meses y 17 días de prisión a un hombre que llamó de forma "insistente" en 59 ocasiones a su expareja, con la que no podía comunicarse, además de coaccionarla y amenazarla para retomar la relación.

La sentencia, dictada por conformidad y a la que ha tenido acceso Efe, señala que al procesado T.P.M., le había sido impuesta el 16 de abril de 2016 la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros o comunicarse con su expareja sentimental por un juzgado de Sanlúcar La Mayor (Sevilla).

Sin embargo, "con conocimiento de la existencia y vigencia" de esto, a partir del 1 de junio de 2016 se puso en contacto con la mujer por teléfono de "forma insistente y reiterada".

Así, el fallo señala que dicho día telefoneó 20 veces desde dos números diferentes a la víctima; otras 7 veces el día siguiente, y 32 veces más el día 3 de junio.

En concreto, el 3 de junio le dijo a la víctima, que se había negado a retomar la relación, que se iba a "quedar sola en la vida" y que no valía "para nada", manifestándole diferentes insultos.

Asimismo, a última hora de dicho día, llamó a la mujer y volvió a insultarla y le dijo que iba a esperarla en la puerta de su casa y que iba a hacerle "un agujero", entre otros.

Añade que tras esto la víctima se fue a su antiguo domicilio pero no pudo entrar porque la cerradura estaba bloqueada con una llave que el acusado había partido al intentar abrir.

El juez afirma que todas estas vivencias "afectaron al desarrollo de la vida diaria" de la víctima, quien a pesar de haber cambiado de domicilio al Poniente almeriense, se vio "obligada a refugiarse en el domicilio de sus padres" en la provincia sevillana cuando iba a verlos, sin poder "hacer uso de su antigua residencia por miedo a que el acusado se presentara allí".

Por estos hechos, T.P.M. ha sido condenado a nueve meses y un día de prisión por un delito continuado de quebrantamiento y a un año, siete meses y 16 días de prisión por un delito de amenazas.

También le han sido impuestos 7 días de localización permanente por un delito leve de vejaciones injustas, y 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de coacciones.

El juez lo condena a su vez con diferentes órdenes de alejamiento y ha suspendido la ejecución de las penas de prisión durante dos años a condición de que no vuelva a delinquir en este periodo.

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