Sobre las 22 sociedades de esta causa, dice que no procede atender a las peticiones del Ministerio Fiscal y el PSOE
El Juzgado de Instrucción 1 de Roquetas de Mar (Almería) ha ordenado el sobreseimiento y archivo de la causa incoada contra el alcalde del municipio y presidente del PP de Almería, Gabriel Amat, por presuntas irregularidades con 22 sociedades con las que tendría algún tipo de relación.
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la juez señala que la causa se inició a raíz de la denuncia de una particular y que durante el curso de la investigación la asociación AMAyT interpuso ante la Fiscalía Superior de Andalucía otra denuncia sobre la supuesta existencia de un entramado societario en torno al regidor y sus familiares.
"Todo ello dio lugar a un macroproceso que se ha ido desgajando en procedimientos separados para una mejor investigación" que finalizó con 25 diligencias previas separadas del procedimiento al que hace referencia el auto, "y en la actualidad 10 de ellas se encuentran archivadas y otras tantas se están investigando".
Sobre las 22 sociedades de esta causa, dice que no procede atender a las peticiones del Ministerio Fiscal y el PSOE porque "no se especifica el delito que presuntamente han podido cometer" estas empresas, "desconociendo esta instructora el objeto de la investigación (...) siendo empresas y no delitos concretos los que se pretenden investigar".
Añade que aunque Gabriel Amat o familiares sean titulares de las mismas y que el primer edil haya presidido juntas de gobierno en las que se han aprobado acuerdos de concesión de licencias urbanísticas a las mismas, "no supone un indicio de responsabilidad criminal en su persona".
"Todo lo más, podría llevar consigo una irregularidad de carácter administrativo", apostilla.
Precisa que la "mayor parte" de las relaciones de estas mercantiles con el Ayuntamiento son actuaciones urbanísticas que han "sido aprobadas en plenos, comisiones de gobierno o urbanismo, en ocasiones con los votos favorables de los diferentes partidos".
Recuerda en este punto el archivo de 10 de las 25 piezas separadas "por no revestir carácter penal la actuación llevada a cabo por el Ayuntamiento o alcalde".
"Ello implica que no es procedente ni pertinente acceder a lo solicitado por las acusaciones, toda vez que la investigación debe ser concreta y precisa (...) lo que no ocurre en el presente supuesto, en el que se pretende investigar supuestas irregularidades que no se especifican", afirma.
Así, mantiene que tras analizar los informes de la UDyCO, podría haber existido una obligación de abstenerse por parte de Amat, pero que ésta "escapa a la esfera penal" y que no existen indicios de que estas sociedades hayan recibido "beneficio o ganancia alguna o prevalencia injustificada para sospechar sobre la existencia de un ilícito penal".