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Viernes 17/05/2024  

Andalucía

Sanciona, que algo cobrarás

Un ciudadano vasco debe recurrir al Defensor del Pueblo Andaluz para anular una sanción que la Policía le puso sin estar en Sevilla. En 2012 la Oficina ya instó a anular otro embargo al no cumplirse la ley de las notificaciones

  • Policías locales -

No es la primera vez que se hace público y no es la primera vez que se denuncia: el celo en el cobro de los Ayuntamientos provoca indefensión en los ciudadanos, que ven sus cuentas embargadas aun cuando el hecho o delito que se les imputa no haya podido ser confirmado por la Administración. En este caso ha sido un ciudadano vasco el que ha tenido que recurrir al Defensor del Pueblo Andaluz para que el Ayuntamiento de Sevilla anule una multa que le impusieron por aparcar mal cuando ni siquiera estuvo en la ciudad en esa fecha.

La resolución del Defensor del Pueblo, hecha pública ayer por Europa Press, relata cómo un ciudadano vasco presentó una queja después de que sufriera el embargo de su cuenta por el impago de una multa impuesta por el Ayuntamiento de Sevilla el 7 de julio de 2009 por mal aparcamiento, cuando ni siquiera en aquella fecha estuvo en la ciudad y tampoco se le había comunicado la sanción, de la que tuvo conocimiento cuando su banco le notificó que tenía ese embargo.

Según relata la Oficina del Defensor, el afectado había interpuesto “un recurso extraordinario solicitando que se anulara la sanción y se le devolviera la cantidad embargada en concepto de multa”. En su recurso exponía que “no había estado en Sevilla en dichas fechas y no había recibido ninguna notificación del expediente sancionador, ni del procedimiento de apremio en relación con dicha multa.

Tras haber promovido “diversas actuaciones” en defensa de esta persona, según la resolución del Defensor, el recurso extraordinario ha prosperado y el Ayuntamiento hispalense ha ordenado la “baja del expediente sacionador incoado”, con la consecuencia de la devolución del dinero detraído con la mecionada orden de embargo.

La Oficina del Defensor ya intervino en otro caso, en noviembre del año pasado, en el que solicitó al Ayuntamiento que anulara un embargo por impago del impuesto de vehículos al comprobar que no se había respetado “la diferencia horaria de al menos 60 minutos” entre dos de los intentos de notificación, por lo que interpretaba que era nulo de pleno derecho.

El pasado 2012, según los datos que facilitó la Delegación municipal de Hacienda, se realizaron embargos por incobro de diferentes tasas y tributos por valor de 11,6 millones de euros, de los cuales 7,5 correspondieron a cuentas bancarias.

No es la primera vez que surgen este tipo de denuncias y en el caso de la Agencia Tributaria de Sevilla fue incluso objeto de debate cuando Juan Ignacio Zoido era el jefe de la oposición y denunciaba la cascada de notificaciones y embargos, muchos de ellos por impago de tributos que ya estaban prescritos.

Este domingo, El Mundo publicada la denuncia de una empresa que había recibido una diligencia de embargo, el pasado 16 de mayo, por valor de 7.660,56 euros (con sus recargos, intereses y costas) por no abonar el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de 2001 y de 2002 y el sello del coche de los años 2003 a 2007, pese a que ya se ha excedido el plazo que la ley prevé para reclamar obligaciones tributarias no satisfechas.

Según esta denuncia, el Ayuntamiento ha procedido a librar directamente la diligencia de embargo omitiendo el trámite inexcusable de notificación al contribuyente, al que tampoco le comunicó el procedimiento de apremio, a lo que se suma la reiterada negativa de la Agencia a mostrarle el expediente y a entregarle copia, lo que va en contra de la Ley de Procedimiento Administrativo.

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