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Martes 16/04/2024  

La subida de los impuestos

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Utilizando el manual de estrategias, correspondió al ministro de Industria, en plena canícula, lanzar la primera andanada en torno a una posible subida de impuestos. Las reacciones de todo tipo no se hicieron esperar, De las primeras intenciones, que barajaban la posibilidad de modificar la escala del IRPF a los contribuyentes de elevados ingresos, sopesando las negativas consecuencias que esta medida podría tener en las estrategias de inversión de estos contribuyentes, y, por tanto, su repercusión en la creación de empleo, se ha optado, finalmente, por centrar esta medida en un incremento de las rentas procedentes del capital, que no es otra cosa, en definitiva, que gravar el ahorro, aunque también abarque las plusvalías por compra- venta de acciones u otros activos, los rendimientos de los fondos de inversión o seguros de vida y las plusvalías por la enajenación de inmuebles.


Con independencia del posicionamiento político del principal partido de la oposición, estimo necesario efectuar una serie de consideraciones al respecto. En general no parece aconsejable en coyunturas recesivas incrementar los tipos impositivos en cualquiera de sus facetas debido a la segura repercusión negativa que esa detracción de ingresos tendrá en un factor tan importante como es el consumo, cuya clara contracción ya es más que ostensible. Por otro lado los productos de ahorro más tradicionales, cuentas a la vista, de ahorro o plazo fijo, atañen a un gran número de contribuyentes que no necesariamente deben corresponderse con los de rentas del trabajo más elevadas; considérese, por ejemplo, cuántos pensionistas complementan sus ingresos con los rendimientos de sus ahorros, en algunas ocasiones amasados duramente a lo largo de toda una vida, o que enajenaron parte de su patrimonio, para allegarse unos ingresos complementarios. En muchas ocasiones al referirnos a las rentas del capital en términos fiscales, cometemos el error de considerar que estamos aludiendo a las grandes fortunas y a los beneficiarios por compraventa de acciones, olvidándonos, como ya he comentado, del amplio espectro que compone este grupo de contribuyentes. No parece, por tanto, que parte de los ahorradores de nuestro país deban pagar la factura de la incapacidad gubernamental para arbitrar medidas de otra naturaleza. Si efectivamente se pretenden ampliar las coberturas sociales, algunas veces discutibles y muchas otras destinadas a contentar a colectivos que puedan deparar una rentabilidad electoral, se debería ser más estricto en la gestión de los fondos públicos y en el control de las cuentas del Estado.

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