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La Santa Sede divulga una guía para los casos de pederastia

Por primera vez y como velada respuesta a las críticas recibidas por la gestión de los casos de pederastia, el Vaticano divulgó ayer la Guía de la Congregación para la Doctrina de la Fe para afrontar esos hechos, que establece que hay que denunciarlos ?siempre? a la autoridad civil.

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Por primera vez y como velada respuesta a las críticas recibidas por la gestión de los casos de pederastia, el Vaticano divulgó ayer la Guía de la Congregación para la Doctrina de la Fe para afrontar esos hechos, que establece que hay que denunciarlos “siempre” a la autoridad civil.

También contempla que en los casos más graves el Papa puede directamente reducir al estado laical al clérigo pederasta, sin pasar por un juicio canónico previo.

El documento ha sido publicado en la página web del Vaticano, en el enlace Abusos sobre menores, la respuesta de la Iglesia, que incluye los documentos vaticanos para luchar contra esas situaciones, las cartas del Papa a las víctimas, discursos de Benedicto XVI y Juan Pablo II y otros textos relacionados.

El viceportavoz del Vaticano, Ciro Benedettini, precisó que no se trata de un documento nuevo, sino que es la guía redactada en 2003 y que ha sido publicada ahora, por primera vez, “en nombre de la absoluta transparencia impuesta por el Papa” para estos casos.

Titulada Guía para entender los procedimientos básicos de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre las acusaciones de abusos sexuales, el texto hace referencia a las leyes que se aplican actualmente en estos casos, el Motu Proprio (documento papal) Sacramentorum santictatis tutela de 2001 y el Código de Derecho Canónico de 1983.

La guía fue escrita en la época en la que el actual Papa era el cardenal Joseph Ratzinger, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

El texto está dividido en tres partes, la primera de las cuales se refiere al procedimiento preliminar y señala que, cuando se produce una denuncia de abuso de un menor por un clérigo, la diócesis local es la primera encargada de investigar el hecho.

Si la acusación tiene peso, el obispo local remitirá el caso con toda la documentación necesaria a la congregación vaticana y expresará su opinión sobre los procedimientos a seguir y las medidas a corto y largo plazo.

Y, en ese punto, la guía señala: “las leyes civiles referentes a las denuncias de esos delitos a las autoridades competentes siempre se deben seguir”.

Durante la etapa preliminar y hasta que el caso esté concluido, el obispo puede imponer medidas cautelares para salvaguardar a la comunidad y a las víctimas y asegurar que los niños no sufren nuevos daños. La segunda parte se refiere a los procedimientos autorizados por la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Una vez el caso está en manos del dicasterio vaticano, éste puede pedir más información al obispo y autorizarle a realizar el proceso ante un tribunal local de la Iglesia, con la asistencia de dos asesores.

El sacerdote acusado deberá presentar pruebas y, si es condenado a una pena canónica, puede presentar recurso ante la Congregación. El clérigo declarado culpable puede ser condenado a diferentes penas, la más grave de ellas la expulsión al estado laical.

El ex Santo Oficio también puede decidir, en los casos “muy graves”, dirigir éstos al Pontífice y pedirle que el acusado sea directamente reducido al estado laical, sin ser sometido a juicio previo.

En los casos en los que el pederasta ha admitido sus delitos y ha aceptado llevar una vida de plegarias y penitencias, la Congregación autorizará al obispo local a dictar un decreto que prohíba o limite el ejercicio público del ministerio sacerdotal.

Si los acusados conscientes de sus delitos piden ser dispensados del sacerdocio, el Papa lo concederá por el bien de la Iglesia.

En el último punto, la guía explica que la congregación ha comenzado a revisar algunos artículos del Sacramentorum santictatis tutela para poner al día la Delicta graviora, sobre los delitos de abusos más graves.

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