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Aprueban la ley que prohíbe fumar en los espacios cerrados

La Comisión de Sanidad del Congreso aprobó ayer la Ley que regula la venta, el suministro, el consumo y la publicidad del tabaco, que prohibirá fumar en los espacios públicos cerrados, todo el recinto interior y exterior de los hospitales y los parques infantiles.

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  • A partir del 2 de enero entrará en vigor la nueva ley. -
La Comisión de Sanidad del Congreso aprobó ayer la Ley que regula la venta, el suministro, el consumo y la publicidad del tabaco, que prohibirá fumar en los espacios públicos cerrados, todo el recinto interior y exterior de los hospitales y los parques infantiles.

Los únicos espacios cerrados en los que sí estará permitido fumar serán los centros penitenciarios, los psiquiátricos y las residencias de mayores y discapacitados, aunque sólo se podrá hacer en salas habilitadas para ello.

La nueva norma, que será enviada directamente al Senado, entrará en vigor previsiblemente el próximo día 2 de enero para no interferir con las celebraciones de Fin de Año.

El texto detalla también que los hoteles podrán reservar hasta un 30 por ciento de habitaciones para fumadores y define el concepto de “espacio al aire libre” como un espacio no cubierto o cubierto con no más de dos paredes o paramentos.

Además precisa que los “clubes de fumadores” deberán ser una entidad con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir en sus actividades la comercialización o compraventa de bienes consumibles.

Se evita así que los restaurantes o locales puedan denominar “club de fumadores” a los espacios que actualmente han delimitado como zona de fumadores.

En cuanto a la venta de tabaco, se prohíbe en todos los locales en los que no se permita fumar, como bares y restaurantes, pero se permite colocar máquinas expendedoras en quioscos de prensa, tiendas de conveniencia y gasolineras.

El dictamen aprobado también remite al Consejo Interterritorial de Salud la valoración de los tratamientos de deshabituación tabáquica y su posible inclusión en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.

En materia educativa, la ley establece la introducción de contenidos orientados a la prevención y a la
concienciación contra el tabaquismo en los planes formativos del profesorado y establece la puesta en marcha de programas de actuación en la atención pediátrica infantil.

Otro asunto que también prohibirá la nueva ley es la emisión de programas o imágenes en medios de comunicación en las que los presentadores, colaboradores o invitados “aparezcan fumando, mencionen o muestren” marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos identificativos o asociados al tabaco.

El texto también detalla que las infracciones leves conllevarán una multa de 30 a 600 euros, las graves con multa de hasta 10.000 euros y las muy graves hasta 600.000 euros.

Aprobada en su conjunto pese al voto en contra del PP en ciertos apartados, la ley “combina prohibición y prevención” y es “clara, concisa y sin recovecos”, para evitar la arbitrariedad en su aplicación, explicó la portavoz del PSOE, Pilar Grande.

Por su parte el portavoz del PP, Mario Mingo, lamentó que no se aprobara la propuesta de su grupo de permitir que los establecimientos puedan cerrar un espacio reservado específico para los fumadores.

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