Para la Plataforma, lo grave de la cuestión, es que la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas en su artículo 35 f), cita claramente que aquellos documentos e información que la Administración posea, “no tendrá que aportarlo el ciudadano, ya que no tiene sentido el requerimiento, salvo que se trate de incrementar los ingresos atípicos del Consistorio”. Esto es, una medida puramente recaudatoria.
La Plataforma asegura que no es necesario la aportación de Cédula Urbanística y las solicitudes, deben ser trasladadas por el Ayuntamiento a la Gerencia Provincial de Catastro, que es el órgano decisorio.
En relación con la campaña informativa realizada por la Plataforma, ha informado que ya son más de 600 solicitudes entregadas directamente de las Asociaciones de Vecinos y se estima que a finales de este mes con todos los modelos descargados de la web de la entidad y correos electrónicos enviados, llegará a las mil solicitudes de devolución del IBI.
Este número puede ser aún mayor, debido a que muchos propietarios están entregándolas directamente y se incrementará hasta la aprobación de las Normas Transitorias, en que se recuperará en un 80 por cuento la categoría de Suelo Urbano. La Plataforma informa de que por cada proindiviso-finca y propietario sólo se ha entregado una solicitud.