El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Algeciras ha vuelto a desestimar una demanda de un trabajador del Ayuntamiento de Los Barrios en contra de la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Los Barrios del 23 de mayo de 2014 de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
La sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo desestima la demanda interpuesta por un trabajador contra la aprobación de la RPT por la no inclusión del puesto de trabajo que desempeñaba el demandante, ‘negociado de multas de trafico’, siendo susceptible de apelación.
El juez señala en la sentencia sobre la no inclusión del puesto de negociado de multas de trafico que “admitir la tesis del recurrente supone limitar ‘ad eternum’ la potestad organizatoria de la administración. Sería tanto como dejar sin efecto esa potestad organizativa, precisamente por tener que respetar el contenido de la RPT anterior”.
La sentencia refleja que “el recurrente no puede obligar a la administración a que la RPT nueva recoja exactamente el puesto de trabajo que viene desempeñando”.
Además el juez indica en la sentencia que “debe entenderse la complejidad de la elaboración de una relación de puestos de trabajo y los defectos o irregularidades puntuales no causantes de indefensión no pueden llevar aparejada la grave consecuencia de determinar la nulidad de la RPT. Y además no se ha acreditado en modo alguno que la concurrencia de los errores que la actora enumera hayan causado indefensión alguna al recurrente”, matiza.
El alcalde de Los Barrios, Jorge Romero, ha mostrado su satisfacción por esta nueva sentencia emitida “ya llevamos varias sentencias que nos vuelve a dar la razón sobre la aprobación de la RPT, entre ocho y nueve, que desestiman todas las demandas interpuestas por trabajadores que no estaban de acuerdo con la elaboración de la nueva RPT”.
Añade el primer edil “hay que recordar que la elaboración de una nueva RPT era un documento necesario para el Ayuntamiento para reorganizar las funciones y los puestos de trabajo del Personal para hacerlos más efectivos y más sensatos según las características actuales del consistorio; la nueva RPT está hecha en beneficio del Ayuntamiento y de los ciudadanos; es lógico que algunos trabajadores defiendan su interés personal antes que el del Ayuntamiento, pero estas sentencias favorables al Consistorio demuestran que la nueva RPT es justa y realizada con toda la legalidad”.
En este sentido, el alcalde ha recordado que ya se han iniciado los trabajos previos para que se implante la RPT, “se inicia al mismo tiempo el procedimiento para el concurso público entre los empleados municipales y mientras tanto, se hará una adscripción provisional a esos puestos para que sea tenida en cuenta la propia RPT. Además en la nómina de enero cada empleado municipal verá contemplado esa modificación; cada uno cobrará lo que tenga que cobrar según su puesto de trabajo; también hay que dejar claro que los trabajadores no perderán poder adquisitivo en su nómina”.
Romero ha indicado que “la RPT dará normalidad a la plantilla municipal, cada trabajador contará con los complementos que les corresponda; una RPT que cumple con el principio de racionalidad y equilibrio y velará por los derechos de los trabajadores donde prima los principios de mérito, capacidad e igualdad”.