El Grupo Municipal
VOX Chiclana, a través de su portavoz, Manuel Vela, ha interpuesto este jueves una denuncia ante la Fiscalía de Cádiz por un posible delito de prevaricación tipificado en el artículo 404 del Código Penal en el caso del servicio municipal de transporte urbano colectivo.
El concejal de VOX explica que mediante contrato de fecha 1 de junio de 1994 el Ayuntamiento de Chiclana adjudicó la prestación del servicio municipal de transporte urbano colectivo a la mercantil Belizón y Rodríguez S.L., estableciéndose en su apartado tercero una duración de doce años, prorrogable automáticamente por otros doce años, salvo denuncia expresa previa de alguna de las partes.
Sin embargo, el pliego de condiciones jurídicas y económicas que habían regido el concurso para su concesión, establecía, en su estipulación séptima, que la duración del contrato sería de 19 años, prorrogable tácitamente durante seis años más, si ninguna de las partes denunciara expresa y previamente el contrato.
En sesión plenaria celebrada el 25 de febrero de 2010, siendo alcalde José María Román Guerrero, tres años antes de expirar el contrato, y sin que fuese necesario un acuerdo expreso, se acordó la prórroga del mismo por un periodo de seis años, es decir, hasta el 1 de junio de 2019.
“Con la llegada de la expiración del contrato en fecha de 1 de junio de 2019, el servicio de Contratación requiere al de Movilidad, el 13 de septiembre de 2018, para que remita documentación necesaria para la licitación; requerimiento que se reitera en fecha de 9 de mayo de 2019. El delegado del área de Movilidad era en aquella fecha José Vera Muñoz, quien lo sigue siendo en la actualidad”, aclara el edil de VOX.
Ante la falta de pliego, en fecha de 22 de mayo de 2019, con José María Román Guerrero como regidor en Chiclana, a escasos días de finalizar el plazo de concesión, el Pleno de la Corporación acordó una prórroga de emergencia y fuera de contrato para la continuación de la prestación del servicio, en base al artículo 5.5 del Reglamento número 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera y por el que se derogan los Reglamentos número 1191/69 y 1107/70 del Consejo.
Ante esta situación de prórroga de emergencia, y ante la obligación de licitar antes de dos años el servicio, es decir 1 de junio de 2021, el técnico municipal del área emite informe en fecha de 31 de enero de 2020, es decir, año y medio antes de la finalización del plazo de emergencia, advirtiendo que carece de medios para la redacción del pliego.
A pesar de lo anterior, no se procede a encargar a medios externos la elaboración del pliego, por lo que ante la falta de pliego y de nuevo contrato, en sesión plenaria de 27 de mayo de 2021, con José María Román Guerrero al frente de la Alcaldía, se aprueba prorrogar nuevamente el contrato con carácter excepcional y transitorio por el tiempo estrictamente imprescindible para completar el proceso de licitación.
Así, manifiesta el Grupo Municipal VOX que “a pesar de que las prórrogas habían sido con carácter de emergencia y excepcionales, no se adjudica la elaboración del pliego a una empresa externa hasta el 23 de diciembre de 2021, tiempo injustificado toda vez que al ser un contrato menor no era preciso ningún proceso de licitación”.
Conforme al encargo antedicho, realizado a la empresa Moetrason S.L., el plazo para entregar el encargo era de 365 días, por lo que, al menos, desde el 23 de diciembre de 2022, se dispone de pliego para la licitación del servicio de transporte colectivo urbano.
El Grupo Municipal VOX ha solicitado copia de dicho pliego y fecha en la que se hizo entrega efectiva del encargo. A fecha actual,
casi cuatro años y medio después de expirar el contrato, aún no se ha iniciado el proceso de licitación, prestándose el servicio sin contrato.
En este contexto, el portavoz del Grupo Municipal VOX, Manuel Vela, afirma que “consideramos que
existe una evidente, palmaria y dolosa dejación de funciones por parte del alcalde, José María Román Guerrero, toda vez que el órgano competente para la aprobación del pliego es el Pleno y recae sobre las funciones de aquel su convocatoria y determinación del orden del día”.
Para VOX Chiclana, dicha omisión en la aprobación del pliego responde a “la
voluntad de que siga prestando el servicio la actual concesionaria, pudiendo ser constitutivo de un delito de prevaricación por omisión, cuyos requisitos se cumplen en la presente situación”.
Finalmente, Vela aclara que “
nuestra formación no tiene nada en contra de la empresa que presta el servicio actualmente, pero consideramos necesario que una administración pública, como el Ayuntamiento de Chiclana, tiene que proceder correctamente y aportar la seguridad jurídica que un contrato de este tipo precisa”.