El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rebaja de 17 a 15 años de cárcel la pena a un varón de unos 30 años de edad condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba como autor de un delito de detención ilegal, en concurso medial con uno de agresión sexual, y un delito contra la integridad moral, cometidos sobre una mujer en la capital cordobesa.
Según recoge la sentencia, facilitada por el TSJA, el Alto Tribunal andaluz ha estimado en parte el recurso de apelación interpuesto por la defensa y le ha absuelto de un delito leve de lesiones por el que le habían condenado a 1.080 euros de multa, al tiempo que le imponen la citada condena de 15 años por los referidos delitos. Contra esta resolución cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).
En concreto, se da por probado que sobre las 3,00 horas del día 25 de septiembre de 2016, el procesado, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, acudió a una fiesta en la que se encontraba la afectada en compañía de dos amigas.
Debido a que el acusado era conocido de una de ellas, se ofreció a llevarlas en coche a la capital, para lo cual la denunciante lo acompañó en el ciclomotor de aquel hasta una parcela para recoger un vehículo. Durante el trayecto, el procesado conversó con ella, ganándose de esta manera su confianza.
Una vez en el lugar, el joven la invitó a entrar en la casa, conversando ambos durante un rato. Seguidamente salieron de la casa, momento en el que ella observó que el vehículo en el que iba a trasladarlas tenía una rueda pinchada, motivo por el que el acusado simuló hablar con una tercera persona a la que le decía que lo estaban esperando para que trajera el coche, "todo ello con el único propósito de mantener allí a la denunciante a fin de conseguir tener relaciones sexuales con ella".
Para ello, le pidió entrar nuevamente en casa y a continuación, "pese a conocer la oposición de la denunciante, a la que tenía retenida en el lugar sin poder comunicar con nadie", supuestamente cometió los delitos por los que ha sido condenado.
No obstante, agentes de Policía Local se personaron en la zona tras ser avisados por sus amigas. La afectada "estuvo retenida por el acusado entre dos y tres horas", según se señala en la sentencia.