El alcalde de El Puerto, Germán Beardo, acompañado de la teniente de alcalde de Urbanismo, Danuxia Enciso, el primer teniente de alcalde Curro Martínez, y los portavoces de la Corporación Municipal, ha anunciado que el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, ha decidido por unanimidad de todas las formaciones políticas interponer recurso de casación al Supremo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anula de pleno derecho el actual PGOU de El Puerto, que data del año 2012.
Esta decisión se ha consensuado igualmente con la Junta de Andalucía, que también recurrirá a la vista del interés casacional existente y con la que se ha trabajado desde el primer instante en el que se conoció la sentencia, de forma coordinada.
El abogado que planteará el recurso será José María Millán y lo hará antes del 18 de noviembre, último día para presentar el mismo. De hecho, esta misma tarde el Pleno procederá a aprobar su contratación. Se trata de un contrato menor que no superará los 15.000 euros.
Germán Beardo ha destacado que no presentar recurso supondría tener que acatar la sentencia, que nos situaría tres décadas atrás, en el PGOU del año 1992. Una situación que El Puerto no podría afrontar, ya que se caerían las ARGs, entre otros desarrollos urbanísticos.
Además, el alcalde de El Puerto ha manifestado que tras estudiar la sentencia por parte de los jurídicos se concluye que existen motivos de peso para poder recurrir, “hay interés casacional para pelearlo” lo que ofrece una oportunidad real a la ciudad. El alcalde de El Puerto ha explicado que “tenemos argumentos suficientes para recurrir los tres motivos que recoge la sentencia: falta de integridad en el Plan General de Ordenación Urbana, falta de evaluación ambiental estratégica y falta de informe de sostenibilidad económica”.
Uno de los argumentos de mayor peso e importancia es que el Ayuntamiento de El Puerto planteó al Tribunal sobre el conflicto entre dos normas, la ley estatal que sigue la Directiva Europea que obliga a incluir el informe de evaluación ambiental estratégico (Ley 9/2006) y la de la Junta de Andalucía Ley 9/2007 que es la que estaba obligado a seguir el PGOU de El Puerto al ser la ley autonómica, la Junta entendía que ya incluía la anterior, el Tribunal no se pronunció al respecto de la posible inconstitucionalidad de este conflicto de normas.
“Toledo hizo un recurso similar y lo ha ganado, ya que el Tribunal Superior de Justicia no es el órgano competente para dirimir un conflicto entre normas”, señala Germán Beardo, sino más bien es una cuestión del Tribunal Constitucional.
Igualmente, el alcalde de El Puerto ha insistido en que esta no es la única decisión que hoy se ha tomado en la Junta de Portavoces, ya que el Ayuntamiento de El Puerto desde el Área de Urbanismo, con Danuxia Enciso al frente y bajo la supervisión del Jefe de Planeamiento, Ildefonso Benítez, trabaja sobre un nuevo PGOU, acorde al crecimiento real de la ciudad, a las nuevas normativas y respetando un modelo de ciudad coherente con estas premisas, consensuado, a través de la participación, con todos los agentes implicados, vecinos, propietarios, promotores, inversores, colectivos… y que recoja los planeamientos que están desarrollados o en desarrollo en el PGOU actual, con el objetivo de dar seguridad jurídica y confianza.
El alcalde de El Puerto se ha comprometido a “redactar un nuevo documento en el que el modelo de ciudad será participativo y consensuado con todos los agentes implicados, sin dejar a nadie atrás para máxima tranquilidad de vecinos e inversores”.
Germán Beardo ha agradecido a los portavoces, a la Junta de Andalucía, al equipo de Gobierno y a los vecinos de la ciudad su apoyo y colaboración máxima para dar un mensaje único de ciudad en un tema tan importante como es el desarrollo y crecimiento de El Puerto. “Sería lesivo regresar al PGOU del 92, pero con el recurso y con el nuevo PGOU sobre el que se trabajará en paralelo, cubriremos cualquier riesgo de frenar el progreso de la ciudad”.
"Los plazos estimados, depende de los escenarios que se puedan dar, es decir, si la presentación del Recurso no es admitida finalmente a trámite tendríamos entre 6 meses a 1 año para que la sentencia fuera firme y en ese momento el Plan vigente sería el del 92. Si por el contrario el Recurso es admitido a trámite, entonces hasta que el Supremo resuelva pasarían entre 2 a 4 años".
"Simultáneamente estaríamos redactando un nuevo Plan General que se encontraría muy avanzado o aprobado. Si no fuera así, si no diera tiempo a su aprobación definitiva, siempre podríamos plantear Modificaciones Puntuales del 92. “No paralizar ningún desarrollo urbanístico y por tanto no paralizar la ciudad es la máxima prioridad de esta Corporación”.