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España

Forn hizo "inefectivas" las órdenes del TSJ neutralizando a los Mossos

La policía catalana "no solo careció de actividad" para impedir el 1-O sino que informó de la actuación de Policía y Guardia Civil

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  • El exconseller de la Generalitat de Catalunya, Joaquim Forn. -

El Tribunal Supremo ha considerado probado en su sentencia del juicio del 'procés' que el exconsejero del Interior Joaquim Forn maniobró para hacer "inefectivas" las órdenes judiciales al objeto de impedir el referéndum del 1-O, "neutralizando la capacidad operativa" de los Mossos d'Esquadra. También dio al condenado Jordi Sànchez, presidente de la ANC, "facultades mediadoras" en los incidentes frente a la Consejería de Economía el 20 de septiembre.

El Supremo concluye que Forn "en todo momento ordenó su comportamiento, tanto como miembro del Govern como cabeza de la Consejería de la que dependían los Mossos d'Esquadra, a reconducir la interpretación de los mandatos del Tribunal Constitucional, del titular del juzgado número 13 de Barcelona, del fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia y de la magistrada de la Sala de lo Civil y Penal de ese mismo tribunal, a un sentido y alcance que permitiera disimular su aparente cumplimiento con el decidido propósito de hacer inefectivas tales legítimas órdenes jurisdiccionales y del fiscal superior".

"La presencia de los Mossos no solamente careció de actividad alguna dirigida al desalojo de los centros", dice el Supremo en su sentencia al referirse al 1-O, "sino que fue ocasión para que informaran de la estrategia policial que se seguiría al respecto". Como consejero del Interior, el alto tribunal concede un destacado papel a Forn, que ha sido condenado a 10 años y 6 meses de prisión e inhabilitación absoluta.

"COARTADA DE INSUFICIENCIA DE MOSSOS"

La actuación de los Mossos, cuyo jefe operativo era entonces Josep Lluís Trapero, es objeto de análisis por parte de los magistrados al entender que con la "coartada de la insuficiencia de Mossos en cada uno y en todos los centros" del 1-O se permitió que los movilizados a las puertas de los colegios formaran "agrupamientos de ciudadanos en número y condición personal" para "imposibilitar" la actuación de Policía y Guardia Civil.

Según los jueces, la asignación de los binomios de Mossos --dos agentes por colegio-- "supuso una neutralización de la capacidad operativa de ese cuerpo policial". "La coartada de la insuficiencia de Mossos en cada uno y en todos los centros para cumplir el mandato de la magistrada del TSJ se mostró con cínica notoriedad", apunta.

El Supremo recuerda que Forn formó parte del equipo de gobierno de la Generalitat presidida por Carles Puigdemont, "asumiendo el giro táctico" que aspiraba a que el Ejecutivo de Mariano Rajoy "aceptara un diálogo a partir de la decisión unilateral de llevar a cabo esa votación que, a modo de referéndum, fue convocada para el 1 de octubre".

INCIDENTES EL 20 DE SEPTIEMBRE

Recuerdan los jueces que Forn "tuvo conocimiento de la movilización tumultuaria del día 20 de septiembre, cuando por orden judicial la Guardia Civil registró dependencias de la Generalitat al objeto de impedir el referéndum ilegal.

Subrayan que en el juicio oral el propio exconsejero reconoció que tuvo una "comunicación tardía a los efectos de regulación del derecho de manifestación, autorizando su realización". "Además", añade la sentencia, "demostró estar al corriente de sus dimensiones cuando dirigió una orden al mando de los Mossos para que confirieran al coacusado Jordi Sánchez facultades mediadoras".

"La voluntad del señor Forn logró la efectiva ordenación de la actuación de los Mossos, de suerte que resultó funcional a los objetivos políticos del acusado y, con él, de los coacusados", continúa el Supremo, que se sirve del testimonio de testigos como el coronel Diego Pérez de los Cobos, coordinador del operativo policial para impedir el referéndum.

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