El Gobierno ha impulsado este martes la tramitación de la ley de libertad sexual, conocida como ley del sólo sí es sí, cuyo abordaje integral de la lucha contra las violencias sexuales incluye la reforma de los delitos sexuales del Código Penal con el consentimiento como clave.
Estas son los principales contenidos y medidas del anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que se sustenta en la prevención, atención, sanción, especialización y reparación de las violencias sexuales:
-La violencia sexual se considera violencia machista. Esto es, los delitos sexuales, la trata con fines de explotación sexual, el matrimonio forzado y mutilación genital femenina serán violencia machista junto a la violencia de género.
-Consentimiento: sólo sí es sí. En línea con lo que exige el Convenio Estambul -y reclama el movimiento feminista-, el consentimiento es lo que determinará si se ha cometido una agresión sexual.
"Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos conforme las circunstancias concurrentes, la voluntad de la persona de participar en el acto", recoge el anteproyecto.
-Violación: toda penetración sin consentimiento será una violación, desaparece la figura del abuso y la intimidación y la violencia como exigencias para demostrar una violación.
Las penas por violación serán de 4 a 10 años, si se le suma una agravante de 7 a 12 y si son dos, de 9 a 15 años.
-Las agravantes son: agresión grupal, trato degradante, daño grave o violencia extrema, víctima especialmente vulnerable, víctima que sea pareja o expareja del agresor, uso de armas o suministro de sustancias.
-Se crea el delito de acoso ocasional no reiterado, conocido popularmente como acoso callejero. Son expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que crean situación hostil, humillante o intimidatoria, sea en la vía pública o en bares, fiestas privadas, conciertos, establecimientos.... Conllevará una pena leve y exige denuncia.
-Se creará una red de atención integral a las víctimas, con centros de crisis abiertos 24 horas y centros de recuperación de largo alcance con asistencia jurídica, social y psicológica. No hará falta denuncia para que las víctimas puedan acceder a estos servicios de asistencia integral especializada.
-Habrá un teléfono de asistencia a víctimas análogo al 016.
-Serán juzgados especializados los que instruyan estos delitos, si bien aún se desconoce si serán los juzgados de violencia sobre la mujer quienes lo asuman o se crearán otros nuevos.
-Suben las penas por acoso sexual en el ámbito laboral y docente y se especifica la inhabilitación.
-Las penas por agresión sexual se castigarán con entre uno y cuatro años de cárcel.
Todos estos delitos estarán referidos a víctimas de 16 años o más, los que afecten al resto de menores de edad se incluirán en la ley de protección de la infancia y la adolescencia.
-Educación sexual en todas las etapas educativas.
-Se modificará la Ley de Extranjería para que las víctimas de violencia sexual no puedan ser deportadas mientras se resuelve su caso, al igual que ocurre con la violencia de género.
-Cuando haya una sentencia condenatoria por matrimonio forzado se podrá acordar la nulidad del matrimonio y regular régimen de filiación y alimentos sin ir a un proceso civil.
-Se castigará la solicitud sexual de funcionarios a personas bajo custodia en centros penitenciarios, de menores y en los centros de internamiento de extranjeros (CIE).
-Formación y especialización de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, jueces y fiscales y resto de actores jurídicos y asistenciales.
-Trabajo con agresores.
-Elaboración de informes de investigación.
-Elaboración de protocolos de detección en los ámbitos sanitario y educativo.
-Campañas de prevención y sensibilización en los ámbitos educativo, de medios de comunicación, publicitario, escolar, de la administración y castrense.
-Se pretende equiparar las indemnizaciones a las de víctimas de terrorismo.
-Acceso de las víctimas a ayudas económicas y acceso prioritario al parque público de viviendas.
-Derecho a la reparación integral de las víctimas.