La Fiscalía de Huelva solicita cuatro años de prisión para el administrador de un gimnasio de Almonte por un delito contra el medio ambiente -por contaminación acústica- en concurso con un delito de lesiones psíquicas, por las
molestias acústicas "extremas" que han impedido "el normal desarrollo" de la vida de una familia del municipio, vecina del negocio, así como por "impedir" la realización "adecuada" de la actividad profesional de uno de los miembros de esta familia.
El juicio contra el acusado -en calidad de administrador único de la empresa-, así como contra la mercantil,
se llevará a cabo el próximo 1 de abril en el Juzgado de lo Penal número 1 de la Audiencia Provincial de Huelva a las 10.00 horas.
Según el escrito del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado promovió y llevó a cabo en el mes de abril de 2015 la instalación en un local en Almonte de lo que, "bajo declaración responsable,
manifestó era un salón de belleza y centro de mantenimiento femenino", que "resultó en realidad ser un gimnasio, no sólo con máquinas, sino también con actividades dirigidas, en horario de 9.00 a 22,00 horas, tales como pilates, zumba, bodypump, fitball o spinning".
Prosigue el escrito que "
desde el inicio de la actividad mercantil, las molestias acústicas han sido extremas, impidiendo el normal desarrollo" de la vida de una familia con tres hijos, "residentes en la vivienda colindante", así como apunta que los perjudicados "han intentado una solución amistosa al conflicto", de forma que denunciaron las molestias "en numerosas ocasiones" a la Policía Local, a la Delegación de Medio Ambiente y al Ayuntamiento, "sin que se consiguiera que las inmisiones acústicas cesen".
Asimismo, el Ministerio Fiscal señala que el Ayuntamiento de Almonte no admitió a trámite la petición del acusado sobre realización de actividad en su empresa bajo el procedimiento de declaración responsable, por lo que se requirió instar el "procedimiento pertinente" de solicitud de licencia de actividad-apertura.
Continúa apuntando que la documentación requerida fue presentada con fecha 3 de julio de 2015, solicitando la licencia de uso y apertura, "trámites que no fueron óbice para que el gimnasio estuviera en funcionamiento efectivo con música desde el mes de abril".
Además, la Fiscalía indica que el 22 de septiembre de ese mismo año el Ayuntamiento emitió un decreto "ordenando la clausura del establecimiento, ya que estaba abierto sin licencia, habiéndole requerido con anterioridad la aportación de informes de cumplimiento de normativa acústica" y que el 24 de septiembre "se le concede licencia de apertura y funcionamiento, con el
condicionamiento del cumplimiento de medidas técnicas y correctoras en el ámbito acústico".
A partir de ahí, recoge el escrito, se emiten decretos para el "cese en la reproducción musical durante el ejercicio de la actividad, atendidas las deficiencias técnicas detectadas en el limitador-controlador musical instalado", así como se realizan inspecciones y se vuelve a solicitar a la empresa que "subsane defectos y continúe con el cese del sonido".
Así las cosas, la Fiscalía indica que "
a pesar de la medida cautelar de cese de reproducción musical, el gimnasio no cumplió la misma en ningún momento", por lo que fue denunciado por los perjudicados y "comprobado tal hecho, por agentes de la Policía Local" y que "incluso el Ayuntamiento de Almonte tuvo que remitir copia del decreto donde se ordenaba el cese a la Policía Local, a efectos de cumplimiento del mismo ante la transgresión por parte de los acusados".
Por ello, a lo largo de los años 2016 y 2017 se realizaron diversas periciales acústicas por la Unidad Móvil de medida de la contaminación acústica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, "siendo unos informes favorables, otros desfavorables y otros en los que no se puede determinar si son favorables o desfavorables por el valor de incertidumbre obtenido" y, posteriormente, se incoó expediente sancionador y de restauración de la legalidad a los acusados.
Así las cosas, el escrito indica que uno de los miembros de la familia de la vivienda colindante presentaba con anterioridad un "trastorno ansioso depresivo, del que estaba casi recuperada" y que desde el inicio de la conflictiva con el gimnasio, 18 meses antes, "tiene que acudir en numerosas ocasiones al médico, que
le diagnosticó crisis continuada de ansiedad, prescribiéndole ansiolíticos, existiendo relación de causalidad directa del recrudecimiento de la sintomatología ansioso depresiva con el ruido del gimnasio, aumentando el tratamiento farmacológico".
Por ello, la Fiscalía solicita para el acusado cuatro años de prisión, así como una multa de 24 meses a cuota diaria de 20 euros, y la inhabilitación especial para el desempeño de la profesión u oficio que desempeñaba por tiempo de tres años. Asimismo, solicita para la empresa la pena de multa de 24 meses con una cuota diaria de treinta euros y, para ambos, solicita indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 3.000 euros.