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Sábado 01/06/2024  
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Huelva

La Fiscalía recurrirá la sentencia del robo de hachís en la aduana de Huelva

Al entender que se ha producido una \"errónea valoración de la prueba\", y se fundamentará en la valoración de la prueba que ha realizado el juez para proceder a la absolución de todos los acusados salvo a la del vigilante de seguridad

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El Ministerio Fiscal va a recurrir la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva que absuelve a 11 de los 12 acusados por el robo de unos 1.000 kilos de hachís del edificio de la aduana de Huelva, coincidiendo con las campanadas de Año Nuevo de 2013, por "errónea valoración de la prueba".

Fuentes de la Fiscalía han precisado a Efe que aún se está en plazo para interponer un recurso, que se presentará ante el juzgado de lo Penal para que lo resuelva la Audiencia Provincial de Huelva.

Han indicado que el recurso se fundamentará en la valoración de la prueba que ha realizado el juez para proceder a la absolución de todos los acusados salvo a la del vigilante de seguridad, de las instalaciones, al que condena a cuatro años de prisión.

Entienden desde la Fiscalía que se ha llevado a cabo "una valoración errónea" de dicha prueba al no estimar que los indicios presentados por esta parte para la condena de los acusados sean "suficientes" como prueba de cargo.

La sentencia considera probado que sobre las 23.58 horas del 31 de diciembre del 2012, un número indeterminado de individuos, cuyas identidades no se han precisado, enmascarados con pasamontañas y provistos con guantes, se personaron en edificio de Aduanas, a bordo de dos todoterrenos.

Una vez allí, y tras acceder utilizando un mando a distancia al interior del recinto del edificio y desactivar el sistema de alarma utilizando la clave numérica, rompieron la cerradura de la puerta interior y llegaron al depósito de hachís donde se apoderaron de una cantidad cercana a los 950 kilos que no ha sido recuperada.

El mando y la clave numérica fue facilitada a los ladrones por el vigilante a cambio de una compensación económica que no ha podido ser determinada.

El juez considera que no se ha acreditado que con anterioridad a estos hechos F.J.L.R sustrajera pequeñas cantidades de hachís y estableciera contacto con otros acusados para su venta ni que estas operaciones llegaran a oídos de los acusados directamente de perpetrar el robo en la aduana y decidieran entonces, cometerlo.

Asimismo, entiende que "no existen indicios consistentes u objetivos" contra la mayoría de los imputados distintos a sus propias declaraciones incriminatorias, lo que no es suficiente como prueba de cargo.

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