La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha ampliado hasta el 19 de mayo el plazo para que las empresas andaluzas afectadas por un ERTE presentado a partir de la declaración del estado de alarma soliciten las ayudas para el mantenimiento del empleo. En un principio, el plazo concluía el 5 de mayo. Hasta el momento, se han recibido 1.673 peticiones de empresas onubenses para estas prestaciones de 505 euros por mes y empleo.
Además, se ha sumado otra nueva actividad, el corte, tallado y acabado de la piedra, a los 202 CNAE (Código Nacional de Actividades Económicas) que ya estaban recogidos anteriormente.
Según ha informado la Junta en una nota de prensa, esta línea de subvención tiene como previsión respaldar el mantenimiento del empleo de unos 145.000 trabajadores de unas 45.000 empresas que han estado afectados por los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) con 270,5 millones de euros.
El objetivo de esta ayuda es colaborar a mantener los proyectos empresariales y la renta del mayor número de personas y evitar que los ERTE, con duración hasta el 31 de mayo, se conviertan en ERE y en posibles despidos, así como incentivar que los trabajadores se mantengan de alta y no pierdan un 30% de su salario al estar incluidos en expedientes de regulación temporal.
El delegado territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Antonio Augustín, ha informado que "hasta el momento se han recibido 1.673 solicitudes por parte de las empresas de Huelva, esto es, el 5,13% de las todas las solicitudes en Andalucía y que van a permitir dar cobertura, hasta este momento, a casi 130.000 trabajadores andaluces."
"La subvención aprobada está ligada a un indicador llamado Factor de Actividad, y en la práctica supondrá una cuantía de 505 euros al mes por empleo subvencionado durante un máximo de cuatro meses. El tope máximo de la ayuda es de 30.300 euros", detalla el delegado territorial.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud se puede presentar solo de forma telemática y únicamente a través de la Ventanilla Electrónica de Administración, accesible a través de la web del SAE y del Catálogo de Procedimientos y Servicios en el Portal de la Junta de Andalucía, e incluye entre otros aspectos una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, y la cuenta bancaria donde se realizará el cien por cien del ingreso tras recibir la resolución favorable, que deberá estar dada de alta en el Sistema GIRO de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea.
Además, el Servicio Andaluz de Empleo ha incluido en su página web una guía especial para explicar cómo tramitar la ayuda, que puede consultarse en la dirección:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionyt... mo/sae/areas/servicios-empresas/ayudas-contratacion/paginas/ayudas-saecovid.html
En ella se incluyen los enlaces para acceder a la ventanilla electrónica, incluso un simulador (https://ws148.juntadeandalucia.es/simuladormte/) para calcular aspectos como el Factor de Actividad y la cuantía de las ayudas. No se requiere que, junto a la solicitud, se presente documentación adicional, de manera que esta tramitación simple y telemática permitirá gestionar las ayudas de forma automatizada.
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