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Sábado 29/06/2024  

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El Tribunal Supremo avala el ERE del Ayuntamiento

La Sala de lo Social estima “suficientes” los criterios invocados para aplicar el despido colectivo y aprecia “causa económica”

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El Tribunal Supremo (TS) estimó ayer el recurso interpuesto por el Ayuntamiento contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de declarar no ajustado a derecho el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que en 2012 implicó el despido de 260 trabajadores.

Los magistrados de la Sala de lo Social del TS estimaron el recurso del Consistorio, declarando “ajustado a derecho” el despido colectivo “por estimar suficientes los criterios invocados y por apreciar causa económica”. En este último aspecto, los magistrados sustentan su decisión en la Disposición Adicional Vigésima del Estatuto de los Trabajadores introducida por la Ley 3/2012, que contempla la adopción de este tipo de medidas ante una insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos.

A la hora de adoptar esta decisión, la Sala de lo Social del TS ha tenido en cuenta la situación económico-financiera del Ayuntamiento, atendiendo a los hechos declarados probados. Como se recordará, el TSJA estimó “parcialmente” la demanda presentada por diferentes sindicatos contra el expediente en marzo de 2013, tras la celebración del correspondiente juicio, considerando “no ajustado a derecho” el procedimiento.

Esa decisión obligaba al Ayuntamiento a optar entre la readmisión de los 260 trabajadores despedidos o a incrementar sustancialmente el importe de las indemnizaciones. De ahí que el Consistorio presentara recurso ante la Sala de lo Social del Supremo, un camino que también emprendieron los sindicatos pero con el objetivo contrario, el de declarar nulo todo el procedimiento.

A la espera de la sentencia

El fallo de los magistrados es anterior a la redacción de la sentencia definitiva, y precisamente este hecho justifica la cautela con la que en la tarde de ayer actuaron tanto el Gobierno local como los propios sindicatos, que se encuentran ahora a la espera de conocer los argumentos que llevaron a la Sala de lo Social a posicionarse del lado del Ayuntamiento en este contencioso.

Con esas lógicas reservas, el Gobierno local valoró la “importancia” de la decisión adoptada por el Tribunal Supremo, que avala la legalidad del ERE que en 2012 supuso el despido de 260 trabajadores. A través de un comunicado de prensa, el Ejecutivo municipal destacó que la decisión del TS “evidencia que el ERE fue ajustado a derecho y que, por tanto, “se hizo cumpliendo la ley y sin que se produjese arbitrariedad alguna”.

El Gobierno local recordó que esta “dolorosa” medida debió adoptarse “ante la situación económica” en la que se encontraba el Consistorio, “siendo absolutamente necesaria y no arbitraria”.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo aprovechó la ocasión para “lamentar” las “descalificaciones vertidas por los partidos de la oposición” desde que se conociera la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que consideró el expediente “no ajustado a derecho”.

Por último, el Ejecutivo pidió “respeto” ante “un asunto tan serio” como el de tramitar un ERE “por una situación que podía haberse evitado si los gobiernos anteriores hubieran gestionado con control del gasto”.

A la espera de conocer la sentencia, todo apunta a que la única esperanza que queda a los trabajadores son las que cada uno de ellos pueda depositar en las demandas individuales, una vía que hasta ahora se encontraba aparcada precisamente a la espera de que el Tribunal Supremo emitiera el correspondiente fallo. Los sindicatos advertían ayer de que el contenido de la sentencia permitirá adoptar nuevas estrategias.

La Fiscalía ya ofreció una pista

En su informe, la Fiscalía pidió al TS la devolución del caso al TSJA para que de este modo el Alto Tribunal andaluz emitiera una nueva sentencia que entrase a valorar la existencia o no de causa económica. En ese informe, el Ministerio Público consideraba que la sentencia del 20 de marzo de 2013 del TSJA debía “anularse”, al entender que se había “extralimitado en su contenido”, rebasando “los criterios legales y reglamentarios para determinar la corrección o no de los procedimientos de selección de los trabajadores”.

Asimismo, en dicho escrito, la Fiscalía del Tribunal Supremo pedía que se estimara el recurso del Ayuntamiento en base a uno de los argumentos planteados por el Gobierno local, al mostrarse “de acuerdo” en que la sentencia dictada por el TSJA se detenía en el proceso de selección de los afectados cuando no era este su cometido. No en vano, el informe dejaba claro que a un procedimiento de despido colectivo “no compete” enjuiciar “sobre la aplicación de los criterios de selección a los empleados despedidos”, al considerarlo “materia reservada a las demandas individuales”. A la espera de conocer la sentencia, todo apunta a que este informe ha podido ser clave a la hora de resolver la causa.

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