La festividad San Antón se conmemorará con la bendición de animales el domingo, día 26 de enero, en el Parque González Hontoria. Las personas que quieran participar llevando a sus mascotas deberán inscribirse del 20 al 23 de junio en la sede de la delegación de Fiestas en calle Curtidores, tercera planta de 9 a 14 horas.
La Delegación de Fiestas, que coordina Rubén Pérez, realiza en esta edición una campaña especial enfocada a la concienciación sobre una tenencia responsable de animales y con especial incidencia en la lucha contra el abandono.
Los propietarios de perros, gatos y hurones deberán aportar el número de microchip individual de cada animal, la cartilla de vacunación en regla y la declaración responsable debidamente firmada.
Para las razas de perros potencialmente peligrosos deben tener la oportuna licencia municipal de tenencia y deberán respetar las medidas de seguridad oportunas, esto es, bozal adecuado para su raza, serán conducidos y controlados con cadena o correa no extensible e irrompible, de un metro de longitud máxima y adecuada para dominar en todo momento al animal y ninguna persona podrá llevar y conducir más de un perro potencialmente peligroso simultáneamente.
Los propietarios de animales de de renta como son vacuno, ovino, caprino y gallináceas deberán aportar el número de registro de Núcleo zoológico o ganadero emitido por la Oficina Comarcal Agraria (OCA) o Consejería de Agricultura y Pesca. Además, deben añadir la relación del número individual del animal o crotal.
Para inscribir equinos los propietarios deben añadir el número de explotación ganadera emitido por la Oficina Comarcal Agraria (OCA) o Consejería de Agricultura y Pesca, la cartilla sanitaria equina y el número de microchip individual.
No podrán inscribirse ni acceder al recinto los animales clasificados como salvajes peligrosos contemplados en el decreto 42/2008 de 12 de febrero. Estos son:
peces y anfibios: Todas las especies cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo para la integridad física o la salud de las personas.
Todas las especies venenosas, los cocodrilos y los caimanes, y todas aquellas especies que en estado adulto alcancen o superen los dos kilogramos de peso.
Todos los primates, así como las especies salvajes que en estado adulto alcancen o superen los diez kilogramos de peso, salvo en el caso de las especies carnívoras cuyo límite estará en los cinco kilogramos.