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La tribuna de Viva Sevilla

Cinco cosas que debes saber antes del viernes

Iñaki González-Pol, letrado del Defensor del Pueblo Andaluz, analiza la inminente ley de Protección de Datos.

  • USO DE INTERNET -

En las últimas semanas estamos recibiendo un aluvión de comunicaciones de empresas que nos informan sobre cambios en su política de privacidad. Rara es la compañía que no enviado ya a sus clientes información sobre novedades en materia de protección de datos. La duda que nos asalta parece obvia: "Cómo es que se han puesto de acuerdo todas las empresas para cambiar a la vez su política de privacidad".  La respuesta la tenemos en el Reglamento General de Protección de Datos, una norma europea que empezará a aplicar en España y en el resto de países de la Unión a partir del próximo día 25 de mayo y que trae cambios muy sustanciales.

Tiene dos objetivos fundamentales. Por un lado, reforzar el control que todos debemos tener sobre nuestros datos. Para ello, nos reconoce nuevos derechos y establece nuevas obligaciones para quienes tratan nuestra información, empresas y administraciones públicas por ejemplo. Y por otro, que la regulación en toda la Unión sea uniforme y de obligado cumplimiento para todos, porque hasta ahora ha habido importantes diferencias entre los distintos países. A partir del próximo viernes empezarán a aplicar las grandes novedades que trae consigo el Reglamento, muchas de ellas con gran repercusión en nuestro día a día. Aquí van unos cuantos ejemplos de los cambios que se avecinan:

1. Adiós a las casillas premarcadas y a las gafas del cerca.

Hasta ahora, cada vez que rellenábamos un formulario encontrábamos en la parte de abajo y en letra minúscula una cláusula indescifrable sobre protección de datos. Quien tuviera a mano una lupa podía comprobar que si no nos oponíamos expresamente, estábamos dando el visto bueno a que nuestros datos fuesen utilizados para un sinfín de propósitos y cedidos a medio mundo. También encontrábamos casillas que ya venían marcadas, y se nos decía que salvo que quitáramos ese "tic" nos atiborrarían a comunicaciones publicitarias de todo tipo. Pues bien, esto ya no vale. Ya no será posible seguir tratando datos a partir de nuestro silencio. Ahora será necesario un acto afirmativo y claro que refleje, sin lugar a dudas, que consentimos el uso de nuestros datos.  También podremos prescindir del diccionario porque para que este consentimiento sea válido, antes deberán habernos informado, con un lenguaje claro y sencillo, de qué pretenden hacer con nuestra información.

2. Fin del "o todo o nada".

Hasta el momento muchas empresas nos han impuesto tener que aceptar determinados usos de nuestros datos a pesar de que no tenían nada que ver con lo que contratábamos. Así por ejemplo, para descargar una aplicación que enciende el flash de nuestro móvil hemos tenido que aceptar que accedan a nuestros contactos o a nuestra ubicación. Sin embargo, a partir del 25 de mayo empezará a regir la regla de "una finalidad, un consentimiento", de forma que podremos decidir libremente si consentimos o no cada uno de los usos que nos propongan de nuestros datos.

3. Máxima privacidad por defecto.

Otra de las novedades afecta a los productos que compremos y a las aplicaciones que descarguemos, por ejemplo, a las redes sociales.  Deberán estar diseñadas pensando en nuestra privacidad de forma que no utilicen más datos de los necesarios, y habrán de incorporar medidas de seguridad adecuadas que eviten, por ejemplo, las filtraciones de información. Además, la configuración que deberán traer por defecto será la que garantice un mayor nivel de privacidad, con lo que nuestros datos sólo estarán accesibles para aquellos a los que queramos mostrarlos.

4. Nuevos derechos, mayor control.

Se reconocen además nuevos derechos que pueden tener una gran incidencia en nuestras vidas. Es el caso del derecho al olvido, que va a hacer posible la supresión de datos en Internet y que una simple búsqueda en Google de nuestro nombre y apellidos no arroje, por ejemplo, información de una multa que nos pusieron hace 15 años. También es novedoso el derecho a la limitación del tratamiento, que entre otras cosas va a permitir que no aparezcamos en ficheros de morosos si la deuda que se nos imputa no es correcta.  O el derecho a la portabilidad, que hará posible que nos llevemos nuestros datos de una empresa a otra, por ejemplo cuando cambiemos de banco o de empresa suministradora de luz, gas o teléfono.

5. Indemnizaciones por daños y perjuicios.

Finalmente, para los supuestos de incumplimiento, el Reglamento prevé sanciones que pueden llegar a los 20 millones de euros o al 4% del volumen anual de negocio. Pero además, si esos incumplimientos nos han ocasionado daños y perjuicios, se prevé expresamente que podremos ser indemnizados. Con este nuevo escenario aumenta nuestra capacidad para controlar el uso que se hace de nuestros datos. De todas formas, no debemos perder de vista que la mejor manera de mantener intacta nuestra privacidad es conservándola en todo momento, siendo celosos de ella y no compartiendo indiscriminadamente la información que generamos.

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