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Málaga

Condenan a dos policías locales de Marbella por detener indebidamente a un hombre que les hizo fotos

Al no sentirse bien, el perjudicado fue trasladado a un centro médico para ser asistido y cuando regresó su mujer ya había presentado la documentación, por lo que quedó en libertad, devolviéndole el teléfono, dice la sentencia, "con las fotos borradas"

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La Audiencia de Málaga ha condenado a multa e inhabilitación absoluta a dos agentes de la Policía Local del municipio malagueño de Marbella por la detención ilegal de un hombre que momentos antes les había fotografiado en un bar tomando unas consumiciones y al que abordaron para pedirle que les entregara el móvil "con la intención de borrar" dichas imágenes.

   Así, se le impone a cada uno inhabilitación absoluta durante ocho años y pagar una multa de 1.350 euros por el delito, aunque también se les condena por una falta de lesiones a una multa de 300 euros, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que tiene el voto particular de uno de los magistrados, que considera que se debía haber absuelto a los acusados.

   Según se declara probado, el hombre caminaba con su mujer cuando fue abordado por los dos agentes que se dirigieron a él cuando hablaba por teléfono y que le requirieron el móvil, a lo que la víctima se negó. Entonces, los acusados se lo arrebataron de las manos "con la intención de borrar las fotos que les había realizado minutos antes" en un restaurante.


   Posteriormente, señala la resolución, le pidieron la documentación y el hombre les dijo que no la llevaba encima, ofreciéndose su mujer a ir a buscarla al domicilio ya que estaba cerca, pero los acusados "se negaron y le agarraron de los brazos, introduciéndole por la fuerza en el vehículo policial", en el que lo condujeron a la Jefatura e ingresó en el calabozo.

   Al no sentirse bien, el perjudicado fue trasladado a un centro médico para ser asistido y cuando regresó su mujer ya había presentado la documentación, por lo que quedó en libertad, devolviéndole el teléfono, dice la sentencia, "con las fotos borradas" y dándole una citación para un juicio de faltas por desobediencia e insultos.

   Para la mayoría de la Sala, los agentes actuaron "de forma desproporcionada y guiados por la negativa excitación generada por el hecho de que dicho señor les hizo unas fotos cuando estaban en un bar y puede que también les hiciera algún comentario desafortunado sobre la multa que otros compañeros suyos le había puesto al coche de su hija, conducido por él".

   No obstante, se precisa que aunque eso hubiese sido cierto, ello "no justifica" la forma de actuar, apuntando que en el interior del bar no se produjo ningún incidente, como dijeron los acusados. Asimismo, al pedirle lo primero el teléfono, supone para el Tribunal "una preocupación ajena al ejercicio de sus funciones, a pesar de que hayan negado que estuvieran consumiendo bebida alcohólica".

   Tampoco se considera válida la excusa de que cuando le abordaron en la calle se le quería identificar y se negó, pues "hubiera podido ser identificado en pocos minutos y allí mismo" e incluso en el bar. "En definitiva, le obligaron por la fuerza a entrar en el coche policial, cogiéndole fuertemente por el brazo para lograr su propósito sin consideración alguna a su avanzada edad", se indica.

   El magistrado que ha emitido un voto particular estima probado que el perjudicado sí les recriminó a los agentes por las multas del coche, tras lo que se fue; considerando que lo ocurrido allí fue "el detonante" de lo que pasó fuera, donde a unos 100 metros los agentes le abordaron para pedirle que se identificara y les entregase el móvil, a lo que se negó.

   Asimismo, considera este magistrado que la actuación de los acusados pidiendo al hombre que se identificara "fue sin duda correcta e incluso prudente", pues lo hicieron en el exterior y no dentro donde "hubiese tenido mayor repercusión para la imagen" del denunciante. Así, concluye que ambos agentes debían haber sido absueltos.

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