El juzgado Mercantil pide una "evaluación" de la oferta de Urbas por Abengoa

Publicado: 10/11/2022
La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha declarado el concurso voluntario "conexo" respecto a 28 sociedades de Abengoa
La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, encargada del concurso voluntario de acreedores solicitado por la multinacional Abengoa tras no prosperar el acuerdo de reestructuración acordado en agosto de 2020, ha declarado el concurso voluntario "conexo" respecto a 28 sociedades derivadas de dicha entidad; abriendo un plazo de 15 días para que la representación de las plantillas y los acreedores se pronuncien ante la "oferta vinculante" planteada por Urbas para la adquisición de los activos de mayor valor del grupo y para que la administración concursal presente un "informe de evaluación".

En este auto emitido este mismo jueves y difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Andalucía (TSJA), dicha instancia da cuenta de que una treintena de filiales de Abengoa habían solicitado la "declaración conexa de concurso".

Ello, en un contexto en el que el pasado verano no prosperó la petición de rescate a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) para captar 249 millones de euros a favor de Abenewco1, que concentra la mayor parte de la actividad y recursos del grupo; y reflotar así a la multinacional; y de que esta Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil ratificase en julio la apertura de la fase de liquidación en el marco del concurso de acreedores de la entidad matriz.

EL "GRUPO DE TRABAJO"

A tal efecto, recordemos que en el seno del grupo de trabajo creado por las administraciones para intentar salvar la actividad de la empresa fue posible definir alrededor de 300 filiales de la multinacional susceptibles de ser recuperadas, según la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto.

Antes de que el pasado 31 de octubre expirase la fase de preconcurso de acreedores con relación a dicha treintena de filiales de Abengoa, el grupo formalizaba la solicitud formal de concurso de voluntario de acreedores de las mismas, junto con una oferta vinculante presentada por la sociedad Urbas con "el compromiso de mantener el 100% del empleo".

Ahora, en ese sentido, la Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha declarado el "concurso conexo" respecto a 28 de estas filiales, comenzando por Abenewco1, que reúne las principales líneas de actividad del grupo; e incluyendo a Abengoa Energía, Abengoa Agua, Abener, Instalaciones Inabensa, Abengoa Solar Internacional o diversas sociedades con la marca Abeinsa en su nominación.

REPITE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

El tribunal designa además a Ernst & Young Abogados como administrador de estos concursos "voluntarios y conexos", tratándose de la misma firma que ejerce tal papel en el caso del concurso de la entidad matriz.

También declara "el concurso sin masa" de las filiales Sociedad Inversora Líneas de Brasil SL, con un pasivo de 1,13 millones euros; y Zeroemissions Technologies, con un pasivo de 22,2 millones de euros, rechazando de otro lado declarar el concurso de Abengoa Water Naungua, porque "no tiene trabajadores, carece de actividad y no tiene sino un acreedor".

"INFORME DE EVALUACIÓN" SOBRE LA PROPUESTA DE URBAS

En cuanto a la "oferta vinculante" presentada por la sociedad española Urbas respecto al grupo, el tribunal abre un plazo de 15 días "para audiencia de los representantes de los trabajadores y que los acreedores personados puedan formular observaciones a la propuesta y cualquier interesado pueda presentar alternativa"; así como para que la administración concursal "presente informe de evaluación de la oferta presentada".

También insta a Urbas, que ha mostrado su compromiso de mantener el 100 por ciento del empleo, que "señale de forma precisa, individualizando por sociedades, deudores, concursados, el perímetro de la oferta en cada sociedad, esto es, la unidad productiva de sociedad que se comprende en la oferta global aportada con la solicitud".

Además, el auto zanja que no ha lugar a pronunciamiento sobre "la cancelación y alzamiento de los embargos trabados sobre cada una de las sociedades", extremo que había solicitado el grupo.

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