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28/04/2024  

Sevilla

Condenado a un año de cárcel por agredir a otro hombre en una caseta en Lebrija

El condenado propinó a otro hombre "un fuerte puñetazo en el pómulo derecho" dentro de una caseta de la Feria de Lebrija

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  • Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla. -
  • El inculpado resulta condenado a un año de cárcel por un delito de lesiones
  • Tendrá que indemnizar a la víctima con 510 euros por las lesiones y 8.082,34 euros por las secuelas

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón a un año de cárcel, por un delito de lesiones cometido al propinar a otro hombre "un fuerte puñetazo en el pómulo derecho" dentro de una caseta de la Feria de Lebrija.

En una sentencia emitida el pasado 10 de marzo, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla declara probado, de conformidad entre las partes del procedimiento judicial, que sobre las 6,00 horas del día 12 de septiembre de 2019, el encausado, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, "se encontraba en el interior de la caseta de feria El Doberman y el gran Chaparral del recinto ferial de Lebrija", donde vio a un segundo varón "despidiéndose de otra persona".

"Al verlo, el encausado, con ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó un fuerte puñetazo en el pómulo derecho, huyendo posteriormente del lugar", señala el relato de hechos probados, aceptado por el inculpado.

La sentencia también declara probado que el acusado "presenta rasgos anómalos de personalidad, documentados como trastornos de ansiedad y de personalidad, y una toxicobiografía relacionada con el consumo abusivo de cannabis, cocaína y alcohol, teniendo capacidad de conocer y actuar conforme a dicho conocimiento, aunque sus rasgos de personalidad y el consumo abusivo de sustancias inciden de manera leve moderada en su capacidad volitiva, siendo dichas conclusiones validas para el momento de los hechos".

Dado el caso, el inculpado resulta condenado a un año de cárcel por un delito de lesiones, con la circunstancia atenuante de enajenación mental, así como a indemnizar con 510 euros al varón víctima de la agresión por las lesiones y de 8.082,34 euros por las secuelas.

Y es que al afectado le ha quedado "una cicatriz hipercrómica anfractuosa de un centímetro de longitud en la mejilla derecha, susceptible de causar un perjuicio estético moderado en grado leve", según la sentencia condenatoria.

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